Asociación de Padres Alejados de sus hijos

 

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Síndrome de Alienación Parental

Autora:  Dra. Alicia Susana Benzaquen

El Síndrome de Alienación Parental ha sido definido de la siguiente manera

“ Es el proceso por el cual un progenitor, en forma abierta o en cubierta, habla o actúa de una manera   descalificante  o destructiva, acerca del otro  progenitor, durante o subsecuentemente a un  proceso de divorcio, en u n intento de alejar a sus  hijos de (alienar)  o indisponer a hijo o hijos en contra de ese progenitor” ( Nancy Rplney Palmer – 1988 Presidente del Comité  de Mediadores del Colegio de Abogados de Florida USA)

El SAP se produce especialmente durante  las crisis derivadas del  divorcio, en las actuaciones judiciales que se llevan a cabo acumulando incidentes derivados de la no resolución de la pareja marital, y la incapacidad de   atender   las necesidades de los hijos de ese matrimonio Si rastreamos la problemática de estas parejas, advertimos que estas conductas traen consigo un maltrato emocional a los niños, aunque esté disfrazado de  cuidado y protección En la mayoría de los casos es la madre la que aleja a los hijos del padre. El progenitor alienado es el padre y el aliernante o padre amado es  la madre

Modalidades que asume el SAP

Entre las modalidades que asume el SAP enunciaremos las siguientes

La confusión que surge en los cónyuges  producto de  su incapacidad para discriminar las funciones maritales  que se encuentran en crisis, debido al divorcio, de las funciones parentales  que deben continuar a pesar de la ruptura

El Código de Vélez Sarsfield estableció de forma muy clara e indubitable la independencia de las funciones maritales y parentales, señalando la distinción  entre la inocencia y culpabilidad en el divorcio, con sus aptitudes  para ejercer las funciones de padres de sus hijos Con las sucesivas modificaciones, el criterio fue cambiando, Allí se confundían ambas funciones, se castigaba al   cónyuge  culpable con la pérdida del contacto con sus hijos, sin entender, que en  última instancia se vulneraban los derechos de los menores de relacionarse con  ambos progenitores

Otra de las formas  en que se manifiesta el SAP es el fastidio y malestar que el niño expresa respecto de uno de sus padres, y su familia de origen La estructura familiar que se advierte, luego del divorcio, se denomina familia uniparental Esta modalidad trae  como consecuencia una madre totalmente superada por la  crianza de sus hijos en soledad, y un padre periférico que no  aporta su presencia como tal,  tanto afectiva como económicamente Se observa la deserción de los padres de sus funciones parentales,  y la falta de aporte alimentario.

Ocurre muchas veces que los padres denigran la imagen del otro progenitor delante de sus hijos porque no pueden separar las funciones maritales de las parentales Hacen partícipes a los niños del abandono que han padecido por parte del cónyuge, diciéndoles   “Tu padre nos abandonó” cuando,  en  realidad lo que se ha disuelto es la pareja marital y no la pareja parental

La modalidad más frecuente que asume el   SAP es la obstrucción, de mil maneras diferentes, al régimen  de visitas, a cumplir  por el padre tenedor A menudo el  padre conviviente hace evidente su malestar en el momento de las visitas Consigue que el niño, con  el fin de complacerlo, rechace el encuentro con el otro progenitor Este escenario puede ir evolucionando hasta  lograr un lavado de cerebro que algunos padres le provocan a sus hijos dañando la imagen del otro progenitor A menudo se observa que los menores al ser interrogados sobre su relación con el padre no conviviente ponen el cassette repitiendo la misma historia que le han enseñado para la ocasión

Como relató un letrado en casos de familia, una niña de cinco años decía “yo a mi papá no lo quiero,

Me desabrocha la camisa y me hace cosas feas” Por supuesto, que como era de esperar,  no podía explicar  en qué consistían  las cosas feas de las que hablaba

Una muestra indubitable de lo que estamos tratando, es el caso de una niña que fue víctima del maltrato de su madre, alienó la imagen del padre en  su hija, obstaculizando el contacto paterno – filial Esta es la modalidad más grave del  SAP  

  Los progenitores varones reclaman el derecho de los hombres de ejercer una paternidad activa

Y el derecho de una madre separada a compartir la crianza de los hijos sin ser mal considerada por ello

A menudo los niños sienten que son ellos los  causantes  de la separación de sus padres Cuando los cónyuges se divorcian, los  menores pierden el sentido de ser queridos Piensan si él o ella se fue, no me quieren más Su autoestima es muy baja   les resulta muy difícil enfrentar la vida

La Dra Cecilia Grosman señaló en oportunidad del Congreso Internacional de la Persona  y el Fin de Siglo

“En una futura legislación deberán  suprimirse la preferencia materna  pues no resulta conveniente una formulación abstracta y general, debiendo los jueces adoptar decisiones  teniendo en cuenta la conveniencia del niño en cada caso singular, sin  exclusiones discriminatorias  a priori”  (Grosman Cecilia El derecho infraconstitucional y los derechos del niño pto VIII pág 245 ponencia presentada en el Congreso              Internacional sobre la Persona y el Derecho en el Fin del Siglo Comisión III  Derecho de Familia Santa Fe 1996)

Los cambios que ha  sufrido la sociedad, en cuanto a los roles de hombres y mujeres, deben reflejarse en la actualización de las normas jurídicas, como aquella que   presume que la madre es la única capacitada para cuidar y educar a los niños de corta edad

Fácilmente se ad vierte la falacia de esta afirmación, la realidad nos muestra cantidades de padres varones, que asumen   sus obligaciones, criando y educando a sus hijos  desde un lugar de responsabilidad y amor

La Constitución de la Ciudad  Autónoma de Buenos Aires,  a  través de su  Convención Constituyente garantizó  la igualdad de oportunidades y trato entre varones y mujeres en la relación con sus hijos

En su art 38 establece “La Ciudad incorpora la perspectiva de género en el diseño de sus políticas públicas y elabora  participativamente un plan de igualdad entre varones y mujeres Estimula la modificación de los patrones socioculturales estereotipados con el objeto de eliminar prácticas

Basadas en el prejuicio de superioridad de cualquiera de los géneros,  promueve  que las responsabilidades familiares sean compartidas”

Eva Giberti sostiene al respecto “El deseo maternal  lo encontramos  cuando colabora con su hijo para que, a medida que éste crezca y se desarrolle, pueda construir sus propios deseos y sus pensamientos  y de este modo impulsarse a sí mismo hacia aquello que aspira La maternidad se construye, no  existe un instinto materno que obligue a las mujeres a amar a sus hijos, todas del mismo modo. Cada mujer ama a sus hijos como puede de acuerdo con su historia personal”

(Giberti Eva  Desear un hijo en Escuela para Padres N 1 Suplemento Página 12, 1999 pág 9- 10)

Podemos concluir que la preferencia materna en el cuidado personal de los hijos menores de cinco años, resulta ser una pauta  discriminatoria para el padre varón y aún contra la propia madre no hallando justificación  positiva a favor de las mujeres

La nueva legislación establece que los padres por su propia decisión, o el    Juez de oficio, está autorizado para decretar la custodia compartida de los hijos, luego de la  disolución de la pareja marital En concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, los menores deben ser escuchados previo al dictado de la sentencia respectiva

Ilustraremos este tema con un caso práctico

Roberto de  23  años de edad, Nancy de 20 años, y Sofía de 2 años

Es  un caso de privación del derecho de responsabilidad parental por parte de la madre que ejerce la

Custodia de los hijos comunes, privando  al padre de su derecho de relacionarse con su hija

Ante la negativa  de la madre,  Roberto concurrió a la Defensoría del Departamento Judicial de  San Isidro  Allí los derivaron a un centro de Mediación Familiar

Nancy contaba con el asesoramiento de una letrada quien, a pedido de su familia contrató los servicios de una psicóloga que atendía a Sofía Esta profesional elaboró  un informe sobre las

“supuestas ineptitudes de Roberto para ejercer las funciones parentales” Dicho dictamen  fue realizado sin un conocimiento previo de la persona in involucrada en el tema a raíz de “Una actitud sospechosa en que la madre de Nancy creyó encontrar a su yerno con  Sofía” La única posibilidad que le quedaba a Roberto era ver a su hija en el domicilio de la madre de Nancy, lugar donde había con vivido durante su matrimonio

En ese ámbito   era constantemente agredido, siendo objeto de trato desconsiderado  No le era posible asumir sus funciones de padre Acorde con el  relato de su madre,  creyó presenciar un  “abuso del padre hacia su hija menor” Es razonable dudar de esta afirmación, dado que podemos  pensar legítimamente que es producto de la imaginación de la madre de Nancy, así como es lo que creyó ver respecto de Sofía

Luego de la entrevista telefónica con los profesionales concurrieron  a la primera reunión en la  que cada uno de trató de imponer su propia versión de los hechos y de convencer al mediador, de lograr una alianza con  él Advertimos una relación simétrica, a una reacción de hostilidad se responde con otra similar Si esta situación no es controlada,  puede degenerar en un final impredecible

El padre de la menor relató su historia personal Su familia de origen era muy rígida en relación a las normas que deben regir la convivencia familiar y social. En una de las reuniones Nancy   concurrió con su mamá y su hija, en su transcurso  la abuela  relató lo ocurrido con Roberto y Sofía El primer contacto de padre e hija, se dio en la casa de la abuela materna, donde se encontraba  jugando con la niña en el piso

La imaginación perversa de la abuela le hizo ver cosas que no eran reales.  Similar actitud tuvo esta mujer cuando un día Roberto se  encontraba con su niña en una camioneta en el jardín de la casa

Dicho sea de paso, en el único  lugar donde el padre podía tener una cierta privacidad con la niña era ese. Se ubicó en el asiento delantero del automóvil  allí  la suegra creyó ver una actitud de abuso del padre, su imaginación la llevó por terrenos equivocados

Advertimos una alianza de la abuela y la madre en contra del padre de Sofía Podemos pensar que concurrieron  al centro de Mediación para lograr una alianza con   el mediador para su causa

La familia de origen de Nancy era muy compacta Utilizaron a Roberto como reproductor para lograr descendencia, para luego  expulsarlo del grupo fa miliar Solamente le era permitido contactarse con su hija bajo la supervisión de la abuela, que lidera el grupo. En esta familia, “no se habla de hombres” La historia de la abuela en relación a lo masculino fue volcada a su hija diciéndole

“Cuidado, todos los hombres son violadores”  

Hay un preconcepto sobre el género masculino con un alto nivel de represión, no se acepta la sexualidad de la hija, no se consideran  aspectos tiernos del amor, se los confunde con algo perverso

Es un tercero excluido de la familia de origen de Nancy

 La comunicación se orienta  del mediador a las partes No hay diálogo  entre ellos, la abuela manifiesta  una evidente contradicción entre lo que ella dice y lo que ella hace, entre su lenguaje gestual y verbal. Dice que no le interesa intervenir en la vida   de la hija, pero la realidad es que lo hace a cada instante, no permitiéndole crecer adecuadamente   asumiendo el rol de madre de Sofía

El mediador  intenta desarticular la conducta de la abuela, que no permite a su hija expresarse adecuadamente Ella lo hace en su nombre. La abuela pone  todo  lo malo afuera, para ella todo lo que provenga  del exterior de su  grupo familiar es peligroso  En la sesión se advierte que la abuela vio  poco y imaginó mucho, pasó de la  realidad  a la fantasía,  imaginó más de lo que vio 

La comunicación fue complementaria La extrema dedicación de la abuela  para contestarle a la mediadora, tenía como contrapartida el silencio de Nancy y su falta de cooperación, cada uno contribuía a la acción de la otra Frente a la dominación, la otra responde con el sometimiento    de esta manera se  están fijando  pautas  transaccionales de funcionamiento de esa familia Nancy no podía ejercer su rol por las continuas interferencias de su propia madre. Roberto tampoco cumple con sus funciones de padre, por la influencia negativa de la familia de origen de Nancy En este grupo familiar existe un subsistema de aglutinamiento de madre e hija, excluyendo al esposo- padre

La mediadora debe estar  ubicada de manera equidistante de las partes, para dar la pauta de   neutralidad en su discurso y marcando el encuadre

Uno de los objetivos de la mediación es equilibrar el poder de las ´partes. Nancy concurrió a la audiencia de Mediación apoyada por su familia de origen, contaba con asesoramiento letrado    y psicológico Roberto carece de acompañamiento familiar, su letrada es de la Defensoría  de Menores

La última noticia que se tuvo en el Centro de Mediación  es que la pareja  marital han decidido volver a convivir Podemos pensar que la concurrencia a la mediación  los ayudó a encontrar un  nuevo modelo de familia

Mabel y David se presentaron en el Centro de Mediación La madre de la menor acusó al padre de abuso sexual respecto de su hija de tres años llamada Mel.isa La historia es similar a la que relatamos anteriormente Los cónyuges están divorciados  Concurrieron al Centro de Mediación enviados por orden judicial La mediación no fue exitosa por la postura rígida de la madre que no permite la  relación del padre con su hija David no tiene plena conciencia de su derecho a la paternidad

Como corolario podemos citar las palabras de Beatriz Zalsberg en su libro “Los niños no se divorcian”

“Qué pasa cuando  del régimen se pasa a la visita y además ésta toma el sentido de arbitraria, imprevisible  o fallida” A lo que responde

   “En tal caso el perdedor es el hijo, puesto que la pérdida de uno  de los padres y/o las interferencias u opciones del otro a las visitas, tienen efectos psicológicos en los niños Creemos que  el acuerdo sobre deberes y derechos de los niños, de mantener una relación  con ambos padres debe constituir el primer punto del convenio de divorcio Visitar a un niño unas horas durante el fin de semana,  es una forma decorativa devaluada de la función paterna Es un modelo burocrático ajustado a un horario estricto  que desprotege al niño, al transformar en recreativo lo que debiera ser un vínculo estrecho de confianza y amistad”

La Convención sobre los Derechos del Niño establece en su art 9 Inciso 3 .3

 “Los Estados Partes respetarán el  derecho del niño que está separado de  uno o de ambos padres,  a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño”

La cultura imperante en nuestra sociedad nos lleva a manejarnos con roles predeterminados,   pero es necesario flexibilizarlos y entender que cualquiera de los padres puede desarrollar conductas que generen un lazo simbólico con  el hijo, cuya consecuencia es la exclusión del otro progenitor 

 Curriculum Vitae Dra. Alicia Susana Benzaquen

Abogada de la Universidad de Belgrano  T VIII F 725 CPACAF matricula colegio de abogados de san isidro   T XIV f 358 casi

Mediadora Prejuidcial Ministerio Justicia de la Nación MAT 3889

Ex integrante del patrocinio jurídico  del colegio de abogados de San isidro

Ex directora del departamento de la mujer del centro de investigaciones de derecho de familia y psicoanálisis

Docente del curso “la mujer y sus derechos” dictado por el centro de investigación de derecho de familia y psicoanálisis

En el año 1998 disertante de las jornadas mujer justicia y libertad  llevadas a cabo en el centro cultural recoleta en la ciudad autónoma de Buenos Aires en los años 1997 y 1998

Docente del curso “la mujer y sus derechos” dictado por el centro de investigación de derecho de familia y psicoanálisis en  la ciudad de concordia  entre ríos

Integrante del equipo de mediación familiar de CIPAMER (centro de investigación  para la atención de menores en riesgo)  sito en la calle Magallanes 953 san isidro

Co autora de la obra titulada “la discriminación de la mujer en el derecho de familia” en colaboración con el Dr. Osvaldo Ortemberg y la Dra. Graciela Guffanti año 1999

Autora de la obra titulada “alimentos  y visitas una guerra interminable  editorial DyD año 20005

Autora de la obra titulada palabras sin violencia responsabilidad  civil  y daños  en el derecho de familia editorial DyD año 2007

Autora de la obra divorcio consecuencias jurídicas editorial dyd año 2010

Autora de la obra titulada discriminación  consecuencias jurídicas y sociales Carlos Vicino editorial centro norte año 2014