Asociación de Padres Alejados de sus hijos

 

 

Inicio Contenido  Artículos Principal

Puede realizar consultas a través del correo 

 

Nuevas reglas para salir con menores del País

A partir del 16 de Agosto de 2005, deberá emitirse un permiso especial por cada viaje; las viejas autorizaciones pueden ser usadas hasta marzo

DISPOSICIONES PARA EL INGRESO Y SALIDA DE MENORES DEL PAÍS

En relación con las formas de la autorización para el ingreso y egreso de menores del país, la Dirección Nacional de Migraciones publicó la Disposición 3100/05. En los considerándoos de la misma se explica que “por Resolución de esta Dirección Nacional Nº 2895 de fecha 15 de noviembre de 1985, se aprobaron las instrucciones relativas al egreso e ingreso de menores al país, norma ella que debe analizarse conforme las prescripciones de la nueva Ley de Migraciones Nº 25.871, la cual ha venido a regular todo lo concerniente a la política migratoria Argentina, a los delitos migratorios internacionales y a los derechos y obligaciones de los extranjeros que desean habitar la REPUBLICA ARGENTINA en consonancia con las nuevas corrientes migratorias mundiales, la CONSTITUCIÓN NACIONAL y los Tratados Internacionales en la materia”.

Por ello, el Director Nacional de Migraciones dispone:

Sustitúyase el artículo 2º del Capitulo IV del Titulo I del Anexo I de la Resolución DNM Nº 2895 de fecha 15 de noviembre de 1985 relativo a las "formas de la autorización", por el que a continuación se detalla: "EXPRESA. Son las otorgadas:

a) Por la o las personas a que se hace referencia en el Capítulo anterior ante:

1.– Escribanos, jueces, otras autoridades que hagan sus veces o por instrumento público: esta autorización deberá contener la expresa indicación que él o los autorizantes son el padre o madre del menor, de acuerdo a la documentación fehaciente que se ha tenido a la vista.

Cuando la autorización sea para que un menor de edad viaje sin compañía, deberá cumplimentar las requisitos impuestos por la empresa transportadora. Cuando se trate de un menor de CATORCE (14) años, obligatoriamente deberá especificarse en la autorización el lugar de destino del viaje y los datos de la persona que lo recepcionará.

Cuando la autorización sea para que un menor de DIECIOCHO (18) años viaje acompañado por terceros mayores de edad, ajenos a la persona de sus padres, obligatoriamente deberán especificarse los datos personales, domicilio y documento del acompañante y el lugar de destino del viaje.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, el ingreso y egreso del país de menores de SEIS (6) años que viajen solos o acompañados por terceros mayores de edad ajenos a la persona de sus padres deberá ser asentado en un registro especial que a tal efecto llevará la Dirección de Control Migratorio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

2. Cónsul argentino: debiendo cumplimentar los requisitos señalados en el punto anterior.

3. Juez competente.

En todos los casos, cuando al momento de efectuarse el control migratorio en el ingreso o egreso, el inspector actuante tuviera sospechas fundadas respecto de la autorización, en el interés superior del niño, deberá dar inmediata intervención a la Policía Migratoria Auxiliar, a la autoridad judicial competente y al Ministerio Público Pupilar.

Cualquier duda consultar en la Página de Migraciones: http://www.migraciones.gov.ar/

Dirección Nacional de Migraciones

Informes

Sede Central: Av. Antártida Argentina 1355 | C1104ACA Buenos Aires
Anexo Mercosur: Hipólito Yrigoyen 952 | C1086AAP Buenos Aires

info@migraciones.gov.ar    Lineas Rotativas: (011)4317-0234

Horarios de Atención
- Trámite Mercosur: 07:30 a 18:00 hs.
- Trámite No Mercosur: 07:30 a 14:00 hs.
- Asesoramiento al migrante: 07:30 a 14:00 hs.
- Prórrogas - Permisos: 07:30 a 14:00 hs.
- Entrega de Disposiciones: 07:30 a 18:00 hs.

Dirección General de Inmigración

Dirección Control de Permanencia: Lunes a Viernes de 08:30 a 13:30 hs.

Dirección General de Movimiento Migratorio
Lunes a Viernes de 08:00 a 13:30 hs. Área Guardia de Puertos: las 24:00 hs.

Dirección General Técnica Jurídica
Dirección de Asuntos Legales (toma de vistas): Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 hs.
Dirección de Asuntos Judiciales (toma de vistas): Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 hs.

Dirección General de Administración
Área Secretaria Privada: Lunes a Viernes de 07:30 a 20:00 hs
Departamento Mesa de Entradas: Lunes a Viernes de 08:30 a 13:30 hs. en general, Área oficios 08:30 a 20:30 hs.
Departamento Recaudaciones: Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 hs.
Departamento Compras: Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 hs.
Departamento Tesorería: Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 hs.
Área Ingresos: Caja Central (público): Lunes a Viernes de 07:30 a 14:30 Hs.            ---------(empresas) Lunes a Viernes 08:00 a 14:00 hs.
---------------- Caja Anexo Mercosur (público) Lunes a Viernes de 07:30 a 14:30 hs.