UNIVERSIDAD
DEL VALLE DEL FUERTE
PRIMER
CONGRESO NACIONAL DE DERECHO FAMILIAR
TEMÁTICA:
DERECHOS HUMANOS
PONENCIA:
FAMILIA EN PROCESO DE
DIVORCIO-ALIENACION
PARENTAL.
Lic. Susann Sofia Melendrez
Gil
Lic.
Maria de Jesus Felix Soto.
Lic.
Silvia Celia Gonzalez Valdez
Los
Mochis, Ahome, Sinaloa, Octubre del 2007.
INTRODUCCIÓN
Resulta de mayúscula importancia
destacar que tanto a nivel nacional, estatal, y municipal se ha
incrementado de manera considerable la desintegración familiar,
en ocasiones dicha problemática se resuelve ante
los Órganos Jurisdiccionales, pero en otras se acrecenta enormemente
dentro del mismo hogar, es bien sabido que existen situaciones especiales y difíciles
cuando la pareja decide aun sin llevar vida en común habitar bajo el mismo
techo, gestando a causa de esto una serie de situaciones que trastocan el estado
emocional y psicológico de todos
sus integrantes, lastimando en gran medida a los mas vulnerables que en este
caso son los hijos menores de edad, a consecuencia de ello se colocan estos últimos
en una disyuntiva en donde los
ejercitores de la progenitura responsable emprenden
una guerra sin limites, llena de violencia y carente de valores, utilizándolos
como armas para hacerse daño, es ahí en donde hace presencia el tan poco
conocido por los Justiciables “Síndrome de Alienación parental”, la finalidad de este tópico
no es elaborar conceptos
originales, sino aportar herramientas para solucionar esta problemática.
DESARROLLO
Es menester iniciar tomando como punto de
partida la definición de quien fuera el mentor del Síndrome
de Alienación Parental (SAP) Richard Gardner, un
controvertido psicólogo estadounidense, quien sostuvo
que es la "programación" de un niño para que odie a uno de sus padres.
Considerando de igual manera que es un
transtorno de la infancia que surge casi exclusivamente en el pos-divorcio en el
contexto de los conflictos de guarda y custodia o bien en el transcurrir de la
convivencia cotidiana dentro del seno familiar.
Su manifestación primaria es la
injustificada campaña de denigración emprendida por el niño contra uno de sus
progenitores, esto resulta de la combinación de una programación o lavado de
cerebro por cuenta del otro progenitor, por una parte, y de las propias
contribuciones del niño a la difamación del progenitor alienado,
es decir es una
forma sutil de violencia después de la separación o el divorcio, o bien
durante la convivencia rutinaria, el
progenitor, en forma abierta o encubierta, habla o actúa de una manera
descalificante o destructiva al hijo
acerca del otro progenitor, durante o subsecuentemente a un proceso de
divorcio, en un intento de alejar o indisponer al hijo o hijos contra el diverso
progenitor.
Lo cierto es que el cuadro que refleja
este síndrome, es realmente serio y pone de manifiesto una situación de
maltrato de la cual son victimas, especialmente, los hijos, quienes deben
acarrear, además, el dolor que les provoca aceptar que sus padres ya no se amen
entre sí.
En tal sentido, esta investigación se
propuso ir más allá de la mera búsqueda de conceptualizaciones, analizando la
incidencia de esta problemática en
la comunidad ahomense, para lo cual se
logro de manera personal y directa penetrar,
estudiar y conocer a una de tantas
familias que enfrentan en la actualidad un proceso de divorcio, conformada esta
por los cónyuges, y dos hijos adolescentes, todos viven bajo el mismo techo,
cada uno de ellos manifestó su
opinión al respecto, es estremecedor el contenido de cada entrevista,
toda vez que el resultado que arrojo dicha indagatoria
pone de manifiesto que la familia en estudio,
se encuentra afectada de violencia intrafamiliar generada por ambos
consortes, infidelidad de parte de
la cónyuge mujer, libertinaje en
los hijos, por lo tanto
carenciada de todo valor moral y lo
mas grave aun el síndrome de alineación parental que ambos cónyuges han
originado en sus dos hijos de manera descomunal,
el sentir de cada hijo, es el
odio encarecido hacia uno de sus progenitores dada la problemática que impera
en lo que ellos llaman “hogar”, razón
por la cual se comprueba que el
estadío del caso que nos ocupa se coloca
en una situación grave, ya que los hijos menores de edad continúan
sin vincularse con el progenitor alienado, incluso
aprueban la infidelidad en la que incurre la madre, justificándola uno
de los hijos, aduciendo que dicha
conducta es a causa del maltrato físico y emocional al que ha sido sometida
su progenitora por parte de
su padre.
Es de suma trascendencia no dejar de
mencionar el perjuicio emocional tan
severo que se pudo palpar respecto a
los hijos, el ataque que, hacia
uno de estos infiere un progenitor, el precio para el niño, de observar
a su padre o madre como “malo” o
“mala” es demasiado alto, ya que su autovaloración esta atada a la valoración
que para el tenga su progenitor.
Es así que
mal podemos aseverar acerca de los derechos fundamentales de los niños y
niñas, si no resguardamos la imagen paterna o materna que para ellos tiene
directa incidencia en la formación integral de estos.
Los hijos no deben sufrir las
consecuencias del distanciamiento, la
separación o divorcio de sus padres, ya que la pareja es la que escoge la
situación, responsabilizándose de sus resultados, no terminando nunca la
relación con los hijos. Por ello, debe evitarse
Quien ejerza la patria potestad, debe
procurar el respeto y el acercamiento constante de los menores con el otro
ascendiente que también ejerza la patria potestad, cada uno de los ascendientes
deber evitar cualquier acto de manipulación, alienación parental
encaminada a producir en la niña o el niño, rencor o rechazo hacia el
otro progenitor, se debe tomar conciencia acerca de este
creciente problema de abuso mental y emocional de los niños y niñas,
que lo padecen a raíz del distanciamiento
de los ejercitores de la patria potestad, separación, divorcio, o proceso de
divorcio.
En
ese orden de ideas, tanto la sociedad como los Órganos Impartidores de Justicia
deben velar por cumplimiento de los derechos de los niños de vivir en familia,
propiciando el respeto y la dignidad de la persona menor de edad, dentro de un
ambiente de amor y bienestar social.
CONCLUSIONES
Como sabemos, los códigos civiles son el
fundamento legal para cualquier sociedad y estos deben ser reformados, a través
del tiempo, para adaptarse a los cambios relacionados con la familia, personas,
costumbres, etcétera, en ese
sentido reconocemos que en una familia, ambos progenitores tienen derechos y
obligaciones en beneficio de sus hijos. Las
leyes son perfectibles y por tal razón debemos estar siempre atentos a los
planteamientos de Jueces, Magistrados, Psicólogos, Trabajadores Sociales,
investigadores y demás especialistas en la materia, que nos permitan nutrir de
manera multidisciplinaría lo ya obtenido como elementos que den seguridad a
nuestros hijos y buscar la unificación de criterios que eviten la violencia
familiar y maltrato infantil.
Esta ponencia
concluye que dada la gravedad
del problema planteado, es urgente que
en nuestra legislación Civil Sinaloense se adicione
En el supuesto de que todos los miembros
de la familia habiten bajo el mismo techo, y
toda vez que el Estado esta interesado en su preservación, por considerarla célula
base de nuestra sociedad, estos de manera
conjunta deberán recibir urgentemente atención psicológica, efectuando los Órganos
Jurisdiccionales visitas
domiciliarias y valoraciones periódicas
del estadío de sus integrantes.
Es por ello la urgencia de que se legisle,
instrumente y establezcan políticas públicas con
perspectiva de familia que beneficien permanentemente las necesidades de
la base de la sociedad y coadyuven al cumplimiento de los derechos de los niños
de vivir en familia, que propicien
el respeto y la dignidad del niño dentro
de un ambiente de amor y bienestar social.
BIBLIOGRAFIA
http://valparaiso.indymedia.org/news.com
CURRÍCULUM
VITAE
SILVIA CELIA GONZÁLEZ VALDEZ
Fecha
de nacimiento: 29 de Septiembre de 1972
Lugar
de nacimiento: Los Mochis, Ahome, Sinaloa
Nacionalidad:
Mexicana
Cedula
Profesional: 2506448
Dirección:
Ignacio Ramírez numero 599 Edificio Miller, sector centro, Los Mochis, Ahome,
Sinaloa.
Correo
electrónico: silviaceliagonzalezv@hotmail.com
ESTUDIOS REALIZADOS
Licenciatura
en Derecho
Universidad
Autónoma de Sinaloa, Escuela de Derecho y Ciencias Políticas, campus, Los
Mochis, Ahome, Sinaloa.
EXPERIENCIA LABORAL
Abogada
Postulante, Despacho Ildefonso Serna
Liogon y asociados. Septiembre de
Agente
del Ministerio Publico del Fuero común auxiliar. 28 de Octubre de 1996 al 12 de
Marzo de 1998.
Agente
del Ministerio Publico del Fuero Común titular. 13 de Marzo
al 01 de septiembre de 1998.
Delegada
de
Secretaria
Segunda de acuerdos, Adscrita al Juzgado Segundo de lo Familiar del
Distrito Judicial de Ahome, Sinaloa. 17 de Febrero del 2003 al 18 de Agosto del
2007.
Secretaria
Proyectista, Adscrita al Juzgado Segundo de lo Familiar del Distrito Judicial de
Ahome, Sinaloa. Del 24 de Agosto del
año
SUSSAN SOFIA MELENDREZ GIL
Fecha
de nacimiento: 16 de Octubre de 1975
Lugar
de nacimiento: Mexicali, Baja California
Nacionalidad:
Mexicana
Cedula
Profesional: 3633058
Dirección:
calle Jazmín numero 2204, colonia
Infonavit Arboledas, Los Mochis, Ahome, Sinaloa.
Correo
electrónico: susannso@hotmail.com
ESTUDIOS REALIZADOS
Licenciatura
en Derecho
Universidad
Autónoma de Sinaloa, Escuela de Derecho y Ciencias Políticas, campus, Los
Mochis, Ahome, Sinaloa.
EXPERIENCIA LABORAL
Auxiliar
Técnico, con adscripción en el Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo
Penal del Distrito Judicial de Ahome.
Analista,
con adscripción en el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar
del Distrito Judicial de Ahome.
Actuaría
Primera, con adscripción en el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo
Familiar del Distrito Judicial de
Ahome.
MARÍA DE JESÚS FÉLIX SOTO
Fecha
de nacimiento: 26 de Mayo de 1967
Lugar
de nacimiento: Los Mochis, Ahome, Sinaloa.
Nacionalidad:
Mexicana
Cedula
Profesional:
Dirección:
sector centro, Los Mochis, Ahome, Sinaloa.
ESTUDIOS REALIZADOS
Licenciatura
en Derecho
Universidad
Autónoma de Sinaloa, Escuela de Derecho y Ciencias Políticas, campus, Los
Mochis, Ahome, Sinaloa.
EXPERIENCIA LABORAL
Abogada
Postulante. Despacho jurídico Erivez Fierro y Asociados. Septiembre de
Abogada
Interna Famsa del Pacifico. Septiembre de
Analista,
con adscripción en el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo
Familiar del Distrito Judicial de Ahome. 17 de Febrero