APADESHI
Asociación de Padres Alejados de sus hijos
Síndrome de Alienación
Parental y la Alienación Parental trasladada a lo Social
Autor: José María Bouza - Co - Autor del
libro (SAP)
SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL
Proceso de obstrucción del vínculo entre los hijos y uno de sus progenitores
Vemos a diario que ante el impedimento de contacto con
los hijos, tras la separación ó divorcio de sus Padres, el afectado suele
decir que detecta con certeza, la existencia del Síndrome de Alienación
Parental, en las actitudes del otro Progenitor, en
algunos casos lo dan por definido totalmente, Dando por asumido la
presencia de
la Alienación Parental
con cada uno de los puntos de su definición y en búsqueda de hacer cesar la
obstrucción de contacto con los hijos, trata
de convencer de la acción Alienante a la cual es expuesto, al Juez,
al Defensor de Menores, a los Peritos Forenses Etc., que son los que
tienen capacidad de decisión, cometiendo errores que no solo afecta al caso en
particular, sino, a todos los casos en general, que en la angustia por desear
estar con los hijos no se dan cuenta y afectan la credibilidad personal y la
existencia real de
la Alienación Parental
, siendo indispensable surja el diagnostico desde profesionales idóneos en el
tema, y cuente con antecedentes y pruebas que avalen la presencia del SAP.
Pensar que tras toda obstrucción de vinculo, esta
presente siempre la alienación Parental, es como definir a toda Gripe, como una
Pulmonía. No todos los casos se aprecian desde
la Alienación Parental
, en muchas ocasiones la producción del rechazo de los hijos inducido por el
Progenitor obstructor, puede obedecer a temores mal manejados de perder a los
hijos, intereses económicos mas allá de las obligaciones alimentarias
utilizando la presión del rechazo, revanchas, alteraciones mentales bien
definidas, ó la simple malicia, presente y conducente a proceder en forma
incorrecta, por ese motivo es valedero hilvanar unas breves consideraciones al
respecto.
El manifestar la presencia del Síndrome de Alienación lejos esta de quien lo
hace ante un Tribunal, el desear obtener ventaja de dicha presentación, cuando
lo grave y fácil de verificar, lo representa los Incumplimientos a los Regímenes
de visitas homologado, La desobediencia a resolución Judicial, y todos los ilícitos
que rodea a estas acciones.
La Alienación Parental
en todo caso, sería un atenuante, una explicación elegante,
ante los ilícitos cometidos por el obstructor de vinculo, que estaría
actuando bajo el estado de Alienador Parental, mas lógico para ser presentado
por parte del abogado defensor del alienador, que del denunciante que debe
invocar los ilícitos, de los cuales normalmente tienen innumerables pruebas.
“Si
el proceso se identifica - mismo si no ha dado fruto todavía - debe ser visto
por los profesionales como una violación directa y intencionada de una de las
obligaciones más fundamentales de un progenitor: la promoción y el estímulo
de una relación positiva y armoniosa entre el hijo y su otro progenitor”
(BONE-WALSH, §1 y 25)
La necesidad que tiene el Progenitor rechazado por los
hijos, de definir lo que no entienden, de darle un nombre al motivo de sus
sufrimientos, hace que la persona afectada por la obstrucción de vinculo,
busque los porque en definiciones Académicas, desde las cuales puedan explicar
a otros lo que les esta pasando, y la irracionalidad no puede ser explicada a
través de la lógica, debiendo muchas veces aceptar que lo ilógico y/ ó
inhumanos también forma parte de la esencia del ser humano y de su forma de
relacionarse con los demás.
Entender que una persona no lo/a amo nunca ó dejo de
amar, es difícil, y reconocer que la persona con la cual convivió y tuvo un
proyecto en común, tenia escondida una personalidad malévola, o le mintió, es
aceptar que el error partió de uno, en la elección y en la continuidad de
aceptación de cosas irregulares, que ya estaban presentes, que no aparecieron
por generación espontánea para hacer daño, solo no estaban siendo
reconocidas, ó bien el error parte del hoy damnificado, que no supo apreciar lo
que se gestaba desde hace tiempo en su contra, cuando la pareja todavía no se
había disuelto.
El Síndrome
de Alienación Parental (PAS) es un desorden que surge habitualmente en el
contexto de las disputas por la custodia de un hijo. Su primera manifestación
es la campaña de denigración contra un padre que se despliega sobre el niño.
Es el resultado de la combinación de una programación (lavado de cerebro)
llevada a cabo por el adoctrinamiento de un progenitor y de la propia contribución
del niño en la vinificación del padre.– Dr. Joel Brandes-
Esta
definición que podemos considerar correcta sobre el Síndrome de Alienación
Parental, vuelca el concepto “es un desorden que surge habitualmente en el
contexto de las disputas por la custodia de un hijo”, más allá de ser cierto
que esta en una causa judicial, en donde seguramente también se evalúa la
custodia de los hijos, la presencia de
la Alienación Parental
no se da por la disputa de
la Tenencia
, sino por el interés especifico de uno de los Progenitores de adjudicarse la
pertenencia total de los hijos, física y afectiva, como una posesión, como un
objeto, a no compartir. En la generalidad de los casos, no esta presente una
disputa por
la Guarda
, ó no fue el origen de la controversia legal, sino el requerimiento de un Régimen
de visitas que permita el vinculo normal, al extremo que en ocasiones el
Progenitor no conviviente, solo pide unas horas semanales.
El Síndrome de alienación Parental, no es un Síndrome en lo Formal Académico,
porque a la actualidad año 2008, no esta presente en el DSM IX , MANUAL
DIAGNÓSTICO Y ESTADÍSTICO DE LOS TRASTORNOS MENTALES,
elaborado por : A.P.A. (American Psychiatric Association) , fue publicado
en 1994, y en el mismo acota que "el
DSM IV refleja un consenso sobre la clasificación y diagnosis de los trastornos
mentales identificados en el tiempo de su primera publicación". Los nuevos
conocimientos científicos conducirán, indudablemente, a la identificación de
nuevos trastornos”.
La
A.P.A. (American Psychiatric Association)
criteriosamente no emite opiniòn ni a favor ni en contra, debido a que se
encuentra en proceso de estudio. En Europa, mas precisamente en Espala de donde se
importa frecuentemente el saber académico de los psicólogos,
la Asoc.
de Psicólogas de España emite un comunicado en junio de 2008 planteando la
legitimidad de
la Alienación
Parental
y su utilidad en los casos de separación ó divorcios destructivos.
El Síndrome de Alienación Parental SAP, esta en estudio para ser incorporado
al DSM V, y como tantas otras tantas posibles alteraciones mentales es
reconocido antes, como tal, en lo popular y masivo, a pesar que todavía no
tiene su inclusión asegurada en el próximo DSM V,
no se pude negar en la actualidad la presencia de
la Alienación Parental
y daño evidente.
Descalificar
al Síndrome de Alienación Parental, por no estar presente en el manual citado,
es una tanto subjetivo, pues desde la evaluación Académica, como trastorno
mental, tampoco se encuentra el Síndrome de Estocolmo, el de
la Mujer Golpeada
, y tantos otros conjuntos de síntomas
que popularmente se los nombra como Síndrome, sin tener esa presencia en el DSM
IV, para el reconocimiento académico mundial, y sin embargo gozan de una
supuesta credibilidad, por el solo hecho que no tocan, cuestiones que enerva al
Fanatismo de Genero como el caso del SAP y su inserción en los ámbitos Académicos
mas conservadores o pseudo académicos en donde pueden existir intereses
personales correspondientes a separaciones traumáticas que afectan la evaluación,
o problemáticas no resueltas desde la infancia.
La Alienación Parental
se hace
evidente y repetitiva en una gran mayoría de casos de separaciones conflictivas
con hijos menores, en todo el mundo y
sin tener contacto entre ellos los damnificados, ni información precedente,
como tampoco relación de comunicación los ejecutores de
la Alienación Parental
, por lo menos en el comienzo y puesta en marcha de la acción alienadora. Por
lo que tratar de desestimar la presencia del SAP, cuando surgen iguales síntomas
en distintos países, y culturas, en
una similar franja de tiempo, es negar
la verdad por el solo hecho de negarla.
La
negación se presenta usualmente en forma agresiva, desacreditando e injuriando
a quien postule y/ó explique la existencia de
la Alienación Parental
, explicación normalmente realizada con respeto, moderación y sin agresión
para quienes no están de acuerdo con el enunciado de
la Alienación Parental.
Es
decir la exteriorización de algo que se detecta habitualmente en la labor
judicial, es Políticamente incorrecto, para una época social en donde las líneas
de pensamiento y evaluación intentan que solo vaya hacia una única dirección
y quien plantee, aún con elementos sólidos nuevas opciones de interpretación
es considerado agresor de los lineamientos que exigen no ser objetados,
silenciando de este modo la evidencia del maltrato psicológico a los niños y
adolescentes en pos de la eliminación de la figura del otro Progenitor .
Es importante, antes de diagnosticar esto, de estar seguro que el progenitor
alienado no merezca de ninguna manera de ser rechazado y odiado por
comportamientos realmente despreciables (LAMONTAGNE)
La Alienación Parental
esta presente en lo social y profesional en forma
grupal y de pertenencia, y como una marea incontrolable intenta arrasar con todo
lo que se opone a su paso, con las mismas Metodologías, que utiliza un
alienador individual pero incorporado a grupos en acciones alienantes hacia
la Sociedad
, dejando el caso individual para pasar a
la Alienación
agresiva desde la comunicación extendida en lo social, desde la agresión
verbal y/ ó escrita.
Es habitual que
la Alienación Parental
, resulte mas sencillo ser entendida por los Profesionales del Derecho que los
de
la Salud
mental, porque se detecta en el ámbito Judicial, en la rutina del seguimiento
de los expedientes y como tal debemos considerar a
la Alienación Parental
como una “Patología Jurídica”, presente en las separaciones ó Divorcios
llamados “destructivos” con hijos menores, con los síntomas presentes ,
pero debiéndose considerar como el conjunto de acciones de un Progenitor ,
usualmente el Progenitor conviviente, en forma
inconsciente o consiente, tendientes
a eliminar la presencia afectiva y física de los hijos con el otro Progenitor,
y la utilización de estrategias legales y extrajudiciales para tal fin.
El
presentar a un alienador Parental como una persona que intenta proteger a los
hijos del otro y que se basa pura y exclusivamente en sus dichos, en denuncias
nunca probadas y en la muestra del enojo de los hijos con el consiguiente
rechazo, puede ser el comienzo de su sensación de impunidad que consolide
la Alienación Parental
y prosiga libremente con su labor de desvinculación.
“Eso es ignorar la amplitud del problema.
De un lado hay que cesar de creer en la buena voluntad del alienador, del otro
lado hay que parar su acción nefasta utilizando el sólo poder que tiene la
sociedad, es decir recurriendo a la “función tercera” (LAMONTAGNE)
Es
indispensable que los Psicólogos busquen los porque individuales de ese intento
de eliminación efectiva del vinculo y los sociólogos, verifiquen los porque de
la repetición de acciones en todos los Países, con similitudes alarmantes en
la elaboración de la destrucción de la imagen personal, social y legal del
otro Padre.
No
se puede pensar que es una casualidad la similitud de los casos y las actitudes
asumidas para ejecutar la ruptura vincular. Internet hace escasos años que
brinda comunicación Global y
la Alienación Parental
o los síntomas conducentes a la ruptura Paterno Filial estaban presentes mucho
antes que las comunicaciones se tornaran en algo instantáneo y de fácil
acceso. Claramente se muestra que esta presente en todos lados, sin importar
nivel cultural ó económico de los involucrados.
Lo
relativamente nuevo es la presencia masiva alienadora desde lo Social,
mereciendo ser observado por sociólogos
este fenómeno que ya dejo de ser incipiente para tener una presencia de opinión,
con presencia de choque violenta.
Los Psicólogos en su labor diaria, no suelen recibir estos casos, ó no le son
presentados en el contexto de una obstrucción vincular, lo reciben los Psicólogos
Forenses y son los que deben capacitarse para detectar estos excesos, sea dentro
del concepto de enfermedad ó de acciones indeseables que afectan la normalidad
de la relación de la familia Post separación de los Padres.
No importa quien primero enuncio al SAP Síndrome de Alienación Parental,
o quien lo hizo después ó quien lo haga actualmente, o lo haga en el futuro,
seguirá siendo un fenómeno de consecuencias devastadoras en los individuos y
en la credibilidad de los Funcionarios Judiciales que observan en los
expedientes el inicio, desarrollo y evolución de
la Alienación Parental
, hasta llegar al rechazo de los hijos hacia uno de los
Progenitores.
Aunque
en menores ocasiones quien practica la alienación Parental es el Progenitor No
conviviente en contra del Progenitor Guardador de los hijos,
la Alienación
cumple una tipología similar. Lógicamente el tiempo de exposición a
la Alienación
, es directamente responsable del mayor efecto nocivo, por lo que el Progenitor
no conviviente al tener escaso tiempo, no puede realizar la inculcación en los
hijos mediante la repetición sistemática y continua de la descalificación.
También hay que hacer notar, que la búsqueda de eliminación del vinculo,
conlleva a la practica de Denuncias Falsas tendientes a completar la estrategia
desvinculante desde el aval judicial, y la presentación del otro ante el grupo
de pertenecía ó la sociedad como victimario, recreando bandos a favor del
vinculo ó en contra de ese derecho filial, adeptos que cumplirán su rol dentro
de la estrategia alienadora, siendo
esta practica individual extendida a la acción de quienes rechazan al SAP e
incorporan los mismos síntomas alienantes en la descalificación y búsqueda de
eliminación de quienes intenten exponer y explicar la presencia de
la Alienación Parental
en la obstrucción vincular con los hijos. Es decir la alienación Parental
observada en lo individual se extiende a una Alienación Parental en lo social y
profesional, ejecutada y defendida con igual vehemencia y agresividad, buscando
descalificar el concepto de Alienación mediante la descalificación injuriosa
de quienes intentan buscar y dar explicación al fenómeno de
la Alienación Parental.
En este proceso externo al conflicto de la pareja
la Alienación Parental
hacia los hijos, se convierte en una Alienación Social, que influye por la
presión publica ejercida en los funcionarios Judiciales que deben velar por la
seguridad e igualdad jurídica de las personas y prioridad en el cuidado de los
Derechos de los niños.
Hace unas décadas cuando comenzó la masividad de las separaciones con
hijos y la actitud de impedimento de contacto se presentaba en menor medida que
la actualidad, era escasa ó nula posibilidad de los Padres afectados por la
obstrucción de defender los vínculos judicialmente. Los hijos no solían
sufrir el embate de la inculcación maliciosa y era menor la actitud de
violencia por parte del progenitor conviviente para lograr la negación al otro
Padre, debido a que contaba con impunidad. Recordamos que solo hacia falta la
negación de permitir el vinculo por parte del Progenitor conviviente, sin
necesidad de esforzarse para lograr la desvinculación, sin necesidad de
utilizar a los hijos para tal fin, y dentro de ese escenario la alienación
Parental no evolucionaba, no prosperaba, porque la posibilidad de defensa del
otro Progenitor era mínima, ante la decisión unilateral del obstructor y la
falta de acción preventiva, disuasiva o sancionadora por parte de los juzgados.
No era necesaria la voluntad de alienar, porque les resultaba fácil producir un
alejamiento Parental, lo que hace presumir que en la acción alienadora existe
un fuerte componente de intencionalidad, mas allá de la evidencia de síntomas
similares en todos los casos.
Los detractores del Síndrome de alienación Parental, suelen descalificarlo ,
adjudicándole que es un invento creado y/ ó utilizado para justificar
Abusos sexuales y /o violencia, obviando que todos los autores sobre SAP Síndrome
de Alienación Parental, coincidieron siempre y así lo expresaron y expresan en
sus trabajos, en la no utilización del Síndrome de alienación Parental, en
este tipo de causas judiciales, y que solamente debiera ser interpretado como
tal, cuando se descarto la veracidad de la denuncia y se debe buscar los motivos
por los cuales fue realizada.
Que
algunos Abogados incurran en la utilización del concepto del SAP, por falta de
conocimiento ó error estratégico , aplicándolo como defensa de una causa de
supuesto Abuso ó Violencia Familiar, no descalificaría al “Síndrome de
Alienación Parental”, en todo caso si cabría la descalificación, se debiera
objetar la actuación del profesional que equivoco el momento procesal para
hacer notar la presencia del SAP, como fundamento del porque de una denuncia
falsa ó errónea, cuando la labor del Juzgado interviniente, todavía no diera
lugar a dictaminar la no presencia del delito imputado.
El Síndrome de Alienación Parental debe ser observado a partir que el supuesto
delito denunciado, a dejado de tener sustento legal y es necesario buscar las
explicaciones y motivos por los cuales se genero la denuncia errónea ó falsa,
y considerar si fue con intención de dolo, ubicando la denuncia en el contexto
en el que se genero, observando si la pareja estaba inmersa en una historia en
la cual ya se detectaba con anterioridad estrategias desvinculantes con los
hijos.
El numero de denuncias de supuestos delitos sexuales contra hijos de
Progenitores separados, es escasa en relación a la totalidad de familia con sus
Progenitores separados y de estas
denuncias mínima la cantidad de condenas, por carecer las mismas de elementos
idóneos de prueba
La
obstrucción del vinculo con los hijos, representa un altísimo porcentaje
dentro de las separaciones con hijos menores, y estas obstrucciones no tienen
motivos valederos y tiene su devenir
ante los tribunales que atienden las causas de Familia.
Detectar
tempranamente la presencia de
la Alienación Parental
y su posible derivación a denuncias erróneas, tiene la importancia de evitar
a los niños una exposición judicial y mediática, de la extensión de los
conflictos de familia a las esferas Penales, y que niños que no han sido
abusados, y que no han sufrido violencia sean arriesgados a la exposición y
tratados como tales, mientras verdaderos casos, quedan relegados de la sanción
contundente que deben tener y la protección total a niños expuestos a
violencia de cualquier tipo.
Otra
acción descalificadora es decir que es una ataque de varones contra las
mujeres, el exponer el Síndrome de Alienación Parental, siendo otra negación
al SAP sin fundamento y discriminatoria, cuando es por demás conocido que la
obstrucción vincular y el rechazo de los hijos la sufren también las madres,
en numero menor, solo por el hecho que las Tenencias son otorgadas a las Mamás
judicialmente sin mayor evaluación , y la acción alienante es llevada adelante
mayoritariamente por quien ejerce
la Tenencia
, en este caso las Mujeres , por cantidad proporcional, pero en la metodología
obstructora y en la acción alienante, es ejecutada de igual forma sin importar
el Genero del obstructor o alienador de vinculo.
El tiempo
disponible para desarrollar una Alienación Parental que produzca el rechazo de
los hijos hacia el otro progenitor, es un factor fundamental para que se pueda
producir, dado que la repetición de descalificaciones, y el sentido de
obediencia que tienen los hijos hacia quien convive e induce, hace en los niños
un cultivo propicio para
la Inculcación Maliciosa.
La Alienación Parental
no es una
cuestión de Genero y si de una realidad social que desborda los tribunales.
La Alienación Parental
es un
proceso en el cual se van sumando acciones que desvirtúan los vínculos entre
Padres e Hijos, en el que la persona en ejercicio de la alienación va cambiando
su forma de proceder y de relacionares con los otros, fijando el motivo de su
vida en un objetivo bien individualizado, retirar de su vida diaria y la de lo
hijos, al sujeto identificado como su opositor, transformándose en una obsesión
que es alimentada por terceros cercanos que no logran evaluar lo que esta
sucediendo en la relación de esa familia con los Padres separados y la
necesidad de no ser participes necesarios en
la Alienación.
El Progenitor afectado por
la Alienación Parental
, al igual que el alienador y los Hijos alienados, va sufriendo cambios en su
conducta y en su modalidad de comunicación con los demás, tornándose
desconfiando y por ende agresivo hacia quienes cree lo pueden estar
perjudicando. Como resultado quien no conoce la verdad de los hechos puede
llegar a interpretar a esa persona como alguien de sesgo violento,
como el que desea presentar el alienador, cuando en realidad puede ser la
respuesta de quien se siente impotente antes el avance de la acción para que lo
rechacen los hijos y se vea envueltos en cuestiones judiciales que inhabiliten
sus derechos.
Todo el grupo familiar en conflicto gira sobre “la búsqueda
de los vínculos y la negación de los mismos”, como un carrusel que nunca
para, se irán subiendo nuevas personas en complicidad ó en ayuda, que mas que
evitar el conflicto agregaran mas motivos a la continuidad de
la Alienación
, y a la imposibilidad de cesar con esta, porque el publico asistente a este
fenómeno, suma sus propias historias no resueltas convenientemente y se vuelve
adicto al conflicto ajeno, y termina participando activamente y fomentando la
continuidad.
Así mismo los autores sobre Alienación Parental
coinciden, en sugerir que la labor del juzgado y de los Forenses actuantes, debe
dirigirse en tratar de evaluar y encarrilar a estas familias que entraron en
zona Alienante, como también los especialistas en desvinculaciones Filiales
producidas por Alienación, coinciden que Ordenar
una terapia
tradicional no tiene efecto positivo. Los Padres que inducen un Síndrome de
Alienación Parental no son candidatos a una terapia. Una persona tiene que ser
consciente del hecho que tiene un problema psicológico, que esta causando daño
a otros y a si mismo y tiene que querer curarse, y en los casos de ejecución de
alienación Parental para inducir el rechazo de los hijos, no se verifica, el
reconocimiento del error, ni arrepentimiento y mucho menos el deseo de ordenarse
dentro de los parámetro de sana convivencia con el otro Progenitor, respetando
su función y sus derechos , y el derecho de los hijos, sino que muestra el
aumento de acciones legales para evitar las relaciones vinculo – Filiales y
una mayor presión sobre los hijos para que confirmen el rechazo como una decisión
propia.
Llamar Alienación Parental o de otra forma,
considerarlo un Síndrome o no, ser evaluado como una enfermedad o no,
una acción ilícita ó inmoral para producir el
rechazo y/ alejamiento del otro
Progenitor, es un hecho coyuntural ante el
avance de la eliminación de uno de los Padres perpetrada principalmente por
quien ejerce
la Guarda
, y que obliga a un análisis serio, sin desbordes por parte de los opinadores,
y seriedad en la labor judicial, que debe evitar las presiones fundamentalistas
que desestiman la necesidad de proteger los vínculos de familia, evitando que
el grupo familiar llegue a estos a estados graves de conflicto legales o rechazo
del vinculo Filial por parte de los hijos, por la presencia de un Foco alienante
“Los
profesionales de la salud, al corriente del síndrome de alienación Parental,
de sus orígenes y de sus efectos, deben intervenir lo más rápido posible,
para impedir que los daños causados por la alienación se vuelvan
irreversibles” (LOWENSTEIN)
El
termino que se ajustaría a la realidad actual sería “Proceso de Alienación
Parental “que describe mas ajustadamente la presencia jurídica y los puntos
identificables de la acción Alienante. Es innegable que donde se percibe
inmediatamente
la Alienación Parental
es en los Juzgados, porque tiene una correspondencia directa con las acciones
jurídicas emprendidas por las Partes en conflicto, y en los Juzgados de todo
mundo esta presente las pruebas de la alienación en los expedientes que se
tramitan, en los desbordes de quienes la produce , en el lamento de los
afectados y en las alteraciones que sufren los hijos dentro de estos procesos de
Alienación Parental, que deben tener puesta de limites en cuanto se detectan.
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