APADESHI Asociación de Padres Alejados de sus hijos
SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL
I Congreso de Psicología Jurídica en Red
(2004)
Colegio
Oficial de Psicólogos de Madrid
Area:
Guardias y Custodias y Regímenes de visitas conflictivos
Mesa redonda
Ignacio
Bolaños
Psicólogo
Forense. Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid
En
el contexto contencioso de los juzgados, los niños pueden expresar sus
preferencias hacia uno de los progenitores. Sabemos que si los padres no pueden
decidir, los hijos están aún menos preparados para ello. Pero la realidad es
que su opinión adquiere un elevado grado de trascendencia desde el momento en
que se hace explícita en el proceso judicial. Sin saberlo, su voz puede
inclinar el equilibrio de la balanza hacia uno u otro lado, con importantes
consecuencias para todos los miembros de la familia, incluido ellos mismos. A
veces los niños tienden a sentirse responsables de la ruptura. Si además
deciden, asumen también el peso de sus consecuencias. Por otra parte, su
opinión siempre estará mediatizada, en mayor o menor grado, por el conflicto
en el que están inmersos y por las presiones que están recibiendo.
Correspondencia: Ignacio Bolaños |
Una situación particular se plantea cuando, después de
un tiempo de convivencia continuada con uno de los progenitores, el hijo
comienza a mostrar su deseo de vivir con el otro. A menudo ocurre este hecho con
varones, próximos a la adolescencia, que piden vivir con su padre. Hay una
parte lógica en ello, que es coherente con las leyes del desarrollo: el niño
puede necesitar una mayor presencia de la figura paterna en ese momento, y el
cambio no tiene por qué ser negativo si hay acuerdo entre los padres. Pero su
actitud también puede estar significando una huida de las normas impuestas por
la madre, con las que el padre no concuerda y ante las cuales ejerce un rol más
condescendiente. En esta discrepancia educativa, el niño busca salir ganando.
Además, si la madre no acepta el cambio y el padre lo apoya, el enfrentamiento
precisará de argumentos que justifiquen la decisión y el hijo focalizará en
los aspectos maternos más negativos. Todo ello puede plasmarse en el conflicto
legal. La consecuencia final, en numerosos casos, suele ser la ruptura de la
relación maternofilial una vez modificada la medida judicialmente.
Tal vez en un intento de mantener el equilibrio, hay
ocasiones en que los hijos prefieren repartirse entre sus padres, incluso
sacrificando con ello la relación fraterna. Suele ocurrir que han tomado
partido en el conflicto, pasando a formar parte de dos bloques enfrentados, en
los que los niños reproducen las disputas de los adultos. En estos casos, la
relación puede llegar a romperse, aunque habitualmente hay una parte
"rechazada" que muestra su deseo de que ello no ocurra, mientras que
la otra, "rechazante", adopta la postura contraria.
Estos ejemplos son una pequeña muestra de situaciones
en las que la dinámica familiar que está provocando en los hijos indudables conflictos
de lealtades (Borszomengy-Nagy, 1973) se vincula al contexto legal,
encontrando en él un terreno propicio para desarrollar una nueva dimensión de
su interacción conflictiva en la cual entran en juego nuevos y complacientes
personajes dispuestos a ahorrarles el trabajo de solucionar por sí mismos sus
desavenencias.
No es posible, por tanto, comprender los conflictos
familiares a los que nos estamos refiriendo sin ubicarlos en el contexto legal
en que se representan y en el que, en buena medida, cobran sentido. Como hemos
visto, en este tipo de crisis, es indudable que la realidad legal marca
notablemente la realidad familiar de manera que las diferencias en cuanto a la
forma de compartir los cuidados de los hijos y de disfrutar de ellos se
convierten en pugnas por la custodia y el régimen de visitas, donde lo que se
discute ni siquiera es la forma de repartir, sino la propia pertenencia de los
hijos. No puede ser de otra manera. En la batalla legal de la familia el
término custodia se convierte en sinónimo de propiedad y el término régimen
de visitas claramente nos habla de lo contrario. El Código Civil español
indica claramente la necesidad de determinar "la persona a cuyo cuidado
hayan de quedar los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de
ésta y el régimen de visitas, comunicación y estancia de los hijos con el
progenitor que no viva con ellos" (Art. 90). En ningún momento se habla de
compartir.
Síndrome de Alienación Parental. Este contexto es el caldo de cultivo que nos permite introducir
el término de síndrome de alienación parental (SAP), propuesto
por Richard A. Gardner en 1985. Este autor hace referencia a una alteración en
la que los hijos están preocupados en censurar, criticar y rechazar a uno de
sus progenitores, descalificación que es injustificada y/o exagerada. El
concepto descrito por Gardner incluye el componente lavado de cerebro, el
cual implica que un progenitor, sistemática y conscientemente, programa a los
hijos en la descalificación hacia el otro. Pero además, incluye otros factores
"subsconscientes e inconscientes", mediante los cuales el progenitor
"alienante" contribuye a la alienación. Por último, incluye factores
del propio hijo, independientes de las contribuciones parentales, que juegan un
rol importante en el desarrollo del síndrome. Poco o nada recoge sobre la
participación del progenitor alienado.
Lo cierto es que las amplias y sucesivas descripciones
ofrecidas por Gardner en sus diversos trabajos han servido para dar progresiva
consistencia a un concepto que no está exento de polémica. La causalidad
lineal con la que viene definido ha generado rechazo en algunos grupos de
orientación feminista, mientras que asociaciones de padres separados han
incorporado el término como un claro argumento técnico que demuestra la
manipulación y la injusticia a que se sienten sometidos al verse alejados de
sus hijos ante la pasividad de la justicia. Se han creado incluso páginas web
sobre el tema (la más significativa es www.parentalalienation.com). No en vano,
la falta de criterios técnicos o la versatilidad de los mismos cuando los hay,
es uno de los motivos que han contribuido a generar una tendencia judicial
"blanda" en este tipo de situaciones.
La negativa de los hijos para relacionarse con uno de
sus progenitores adquiere auténtica trascendencia en el momento en que se
expresa en un juzgado y los mecanismos jurídicos y judiciales entran en
funcionamiento. Se desencadena entonces una serie de acusaciones, búsquedas de
explicaciones y acciones encaminadas a resolver el problema que hacen que la
instancia judicial se convierta en parte del mismo en la medida en que adquiere
la responsabilidad de garantizar o hacer cumplir una relación paternofilial que
la dinámica familiar está impidiendo. Esta participación hace que debamos
incluirla como un elemento de vital importancia en los componentes que definen
el síndrome.
Por otro lado, la intervención judicial tiende
paradójicamente a alienar aún más al progenitor alienado, quien se ve
relegado a un segundo plano, colocándose entre él y su hijo una nueva y
potente figura autoritaria que, en buena medida, sustituirá algunas de sus
funciones. El progenitor alienado reclama y exige esta intervención con lo que
también contribuye a mantener su situación.
Si concebimos el problema como el resultado de una
interacción entre factores personales, familiares y legales, las posibles
alternativas de solución deberían contemplar estos elementos. Una
intervención judicial por sí misma o una intervención psicosocial aislada del
contexto legal podrían ser insuficientes. En este sentido, la mediación
familiar, entendida como un abordaje psicojurídico de conflictos
psicojurídicos podría constituir un enfoque más próximo. Hablamos de una
mediación adaptada a la realidad generada tras el inicio de un proceso legal
contencioso, donde las diferencias y los desacuerdos se han convertido en
posiciones de una disputa judicial que habitualmente poco tienen que ver con las
auténticas necesidades de las partes en conflicto, y de una mediación que va
más allá de la simple facilitación de procesos de negociación, otorgando
importancia a la creación de un contexto familiar cooperativo que abra la
posibilidad de una transformación en el proceso conflictivo. Este planteamiento
de mediación, por todo lo dicho, debe considerarse en relación directa al
contexto judicial, desarrollándose en el mismo o con una vinculación muy
estrecha que permita una auténtica orientación psicojurídica conjunta.
Entendemos que el Síndrome de Alienación Parental
(SAP) es un síndrome familiar, en el que cada uno de sus participantes tiene
una responsabilidad relacional en su construcción y, por tanto, también en su
transformación. Desde este punto de vista, podemos complementar el esquema
lineal clásico (en el que hay un progenitor alienante que lava el
cerebro a sus hijos para excluir al progenitor alienado, quien tiende
a ser concebido como la víctima pasiva del síndrome) con una visión en la que
cobran relevancia nuevos elementos como la evolución de la pareja hasta su
separación, la influencia del contexto legal, la participación del progenitor alienado
en el SAP y la participación de los hijos en medio de un sistema de dobles
presiones parentales. Estas premisas nos permiten pensar que cualquier método
de intervención debe ofrecer la posibilidad de un territorio neutral en el que
ambas partes puedan sentirse legitimadas. Este método será eficaz si consigue
devolver a la pareja parental la capacidad de retomar su capacidad de tomar
decisiones, dejando de lado a los hijos en sus desavenencias, pero teniéndolos
en cuenta como personas con necesidades propias al margen del escenario de la
ruptura.
Para ser coherentes con este planteamiento podemos
modificar la nomenclatura de Gardner en el sentido de sustituir los términos progenitor
alienante y progenitor alienado por los de progenitor aceptado y
progenitor rechazado.
Los prolíficos trabajos de R.A. Gardner (1985, 1987,
1991, 1998, 1999) sobre el Síndrome de Alienación Parental, y los del resto de
escasos autores que han prestado atención a este tema (Lampel, 1986; Clawar y
rivlin, 1991; Cartwright, 1993; Dunne y Hedrick, 1994; Lund, 1995; Waldron y
Joanis, 1996; Walsh y Bone, 1997; Johnston y Roseby, 1997; Lowenstein, 1998;
Vestal, 1999 y Jayne, 2000) ofrecen ya una amplia panorámica sobre las diversas
expresiones del síndrome, aunque en general se ha enfatizado de manera
predominante en los comportamientos excluyentes y manipulatorios del progenitor alienante
y en los efectos de lavado de cerebro sobre los hijos. Los métodos
de intervención que se proponen desde algunos de estos trabajos se centran
consecuentemente en romper la línea de influencia entre ambos, recurriendo en
algunos casos a métodos ciertamente drásticos (como los que propone el mismo
Gardner).
Sin descuidar las importantes aportaciones descritas,
intentamos profundizar en una vía complementaria de comprensión del SAP en la
que el progenitor alienado y los hijos adquieran un mayor protagonismo.
Así, hemos pretendido realizar un análisis de diferentes variables
psicosociales y legales que aparecen en las familias en las que surge el rechazo
como parte de una constelación de síntomas que cumplen criterios similares a
los definidos por Gardner (1992) como Síndrome de Alienación Parental.
El SAP se manifiesta en el contexto de un proceso legal,
por lo que nos ha parecido relevante introducir variables legales como la causa
de separación y el tipo de procedimiento. Asímismo, la "cultura
legal" suele asociar las manifestaciones del SAP a la existencia de un
conflicto económico. Por ello hemos intentado valorar si existe alguna
relación entre ambos.
Se ha intentado comprobar si las alegaciones utilizadas
en litigios judiciales sobre rechazo asociado a dificultades en el cumplimiento
del régimen de visitas establecido judicialmente responden a la sintomatología
descrita por Gardner.
En la explicación de los factores que inciden en la
génesis del SAP inciden seguramente variables familiares que pueden ayudar a su
comprensión. En este estudio nos centramos en algunos aspectos del ciclo
evolutivo de la pareja tomando como base la propuesta de Etapas evolutivas
del grupo familiar de Satir (1967).
Así, pensamos que factores como la edad de los padres
en el inicio de la convivencia o el tiempo para consolidar la relación de
pareja previamente al nacimiento de los hijos pueden incidir en la definición
de la relación y por tanto en la manera de manejar sus diferencias. Una
inadecuada definición de la relación puede estar en la base, entre otros
elementos, de una conyugalidad disarmónica que, si no se resuelve exitosamente
tras la ruptura, interferirá de manera dramática en la continuidad de la
parentalidad (Linares, 1996).
La forma en que se lleva a cabo la ruptura y los pasos
posteriores de cada uno de los cónyuges hacia nuevas formas de convivencia
también nos parecen relevantes. Si la separación no fue negociada ni pactada y
una de las partes la consideró como una traición, como un engaño o como un
sabotaje, el trabajo para elaborarla es mucho más costoso. Hay personas que
nunca llegan a conseguirlo. En este punto, la aparición de nuevas parejas puede
constituir un elemento de ayuda hacia la desvinculación definitiva con el otro
o la otra o, por el contrario, convertirse en firmes aliados contra aquellos,
algo que garantiza la continuidad del conflicto y, por tanto, del vínculo.
Estudio descriptivo del Síndrome de Alienación Parental. Teniendo en cuenta las anteriores variables, pasamos a describir
los resultados obtenidos tras el estudio de 100 familias inmersas en procesos de
separación, divorcio, ejecución de sentencia o modificación de efectos de
sentencia, tramitados de forma contenciosa. En todas las parejas existía una
controversia respecto a la custodia o el régimen de visitas centrada en el
desacuerdo entre los padres respecto a la relación paternofilial y en la que
cobraba un valor central la alusión a una actitud de rechazo de los hijos hacia
uno de los progenitores. El juez solicitó una evaluación psicosocial con el
fin de entender la problemática de la relación paternofilial y conocer
posibles alternativas de solución. Estas 100 familias (las denominaremos grupo
rechazo) fueron comparadas con otras 100 (grupo sin rechazo) de
características similares en cuanto a litigiosidad y situación judicial, en
las cuales los argumentos del conflicto legal no incluyen la existencia de un
probable rechazo filial hacia alguno de los progenitores (Bolaños, 2000)
Variables relacionadas con el proceso legal. Cuando se plantean en el juzgado los litigios en los que el
rechazo, sus causas y sus efectos se utilizan como elementos de la disputa, los
argumentos legales utilizados difieren según cual sea la parte que los utiliza.
El letrado del progenitor rechazado alude básicamente a la manipulación de los
hijos por parte del progenitor aceptado, mientras que el representante legal de
éste hace referencia al peso específico de la libre decisión del menor o a la
limitada capacidad del progenitor rechazado para establecer un vínculo adecuado
con sus hijos, para velar por sus cuidados o para atender razonablemente sus
necesidades. En algunos casos se alude a causas más graves centradas en el
comportamiento del progenitor rechazado como la actitud violenta hacia su
ex-cónyuge o hacia los hijos, abusos, transtornos mentales o adicciones. En
esta dinámica de confrontación judicial subyace la búsqueda de un motivo que
legitime la postura que cada parte está defendiendo y que, por tanto, conduzca
al juez a tomar la decisión más favorable a sus intereses.
En la medida en que la aparición del rechazo cobra
sentido en el contexto de la ruptura conyugal, podríamos esperar que hubiera
determinadas causas de separación que estuviesen más relacionadas con esta
dificultad, y en especial aquellas más espinosas. Hemos encontrado que las
causas aducidas en los litigios con rechazo no difieren de las de los otros
litigios. En concreto, la incompatibilidad relacional y la falta de afecto
predominan en ambos grupos por encima de todas las demás. No podemos afirmar,
por tanto, que en general el rechazo surja únicamente como la reacción filial
a un abandono del hogar del progenitor rechazado, a una infidelidad conyugal o
las causas más graves anteriormente citadas, ni tampoco como el resultado de la
manipulación consiguiente a los efectos que dichas causas producen en el
progenitor aceptado.
El rechazo cobra expresión legal de manera preferente a
través de dos procedimientos temporalmente diferenciados: el proceso de
separación y el de ejecución de sentencia de separación. Ello
apunta hacia la posibilidad de dos momentos de aparición, uno concomitante a la
propia ruptura y el otro posterior a la misma. Si tenemos en cuenta que los
trámites de un proceso contencioso de separación tienen una duración mínima
de un año, podemos pensar en un rechazo que aparece aproximadamente durante el
primer año y otro que surge posteriormente, a veces varios años después.
Otra cuestión que a menudo es asociada a este problema
en los contextos legales es la existencia de una disputa económica entre las
partes. El tópico axioma "si no me pagas la pensión no te dejo ver a los
niños" y su contrario "si no me dejas ver a los niños no te pago la
pensión" es habitualmente esgrimido en el conflicto. No encontramos
diferencias significativas que nos permitan confirmar esta relación. De hecho,
la mayoría de los casos estudiados (un 58%) no presentan un litigio económico
explícito previo ni tampoco simultáneo al del rechazo. Por tanto, los aspectos
financieros pueden constituir un "campo de batalla" diferente que
desvía la atención de los padres, dejando a los hijos más al margen de sus
disputas.
Variables demográficos. En las dos
muestras estudiadas el porcentaje de niños es superior al de las niñas (54% en
el grupo rechazo) y 58% en el grupo sin rechazo), pero la
diferencia es escasa. No podemos asegurar que los niños rechazan más que las
niñas, aunque hay autores que sí constatan esta diferencia (Johnston y
Campbell, 1988; Buchanan y col. , 1991).
A diferencia del género, la edad sí parece constituir
un factor relevante en la aparición del rechazo. Los niños del grupo de
estudio, que muestran dificultades para relacionarse con uno de sus progenitores
son significativamente mayores que los niños del grupo control (edades medias
de 10,2 años y 8,1 años respectivamente). Los niños que rechazan se
distribuyen normalmente hasta los 18 años, predominando el periodo de edad
entre los 7 y 14, y más específicamente entre los 11 y 14 (40% de los casos).
Estos datos coinciden en esencia con los ofrecidos por Wallerstein (1989) o
Waldron y Joanis (1996). Ambos estudios coinciden en situar la pre-adolescencia
y los primeros momentos de la adolescencia como los más proclives para la
aparición del rechazo, etapas de tránsito en el desarrollo entre el juicio
moral no independiente y el juicio moral dependiente (Piaget y
Inhelder, 1960).
Variables relacionadas con la estructura familiar. La edad media de los hijos cuando sus padres se separaron fue de
7 años, similar a la del grupo SIN RECHAZO y con una elevada
dispersión, lo que indica que el rechazo puede aparecer independientemente de
la edad que el niño tenga en la ruptura. Como veremos, los datos apuntan a que
en edades más cortas, el rechazo aparece posteriormente, y en edades más
avanzadas es más reactivo a la separación.
Encontramos diferencias significativas en el tipo de
convivencia que los padres y madres del grupo RECHAZO tienen tras la
separación. Así, aunque en ambos grupos viven preferentemente sin una nueva
pareja, en el grupo RECHAZO la proporción de los que sí tienen pareja
es importante comparada con el otro grupo (un 41% frente al 22%). Cuando
diferenciamos entre padres y madres, encontramos que las madres del grupo
RECHAZO viven significativamente más en pareja que las del grupo SIN
RECHAZO (un 40% frente al 18%), mientras que en los padres la diferencias,
aunque elevadas, no son significativas (42% frente a 26%). La duración de
dichas convivencias no ofrece diferencias relevantes. Así pues, más de la
mitad de los padres y las madres del grupo RECHAZO viven sin pareja,
aunque la proporción de padres que viven con pareja es superior a la de las
madres. Un 18% de éstas y un 28% de aquellos han vuelto a convivir con su
familia de origen. El 80% de las madres viven habitualmente con sus hijos
(tienen la custodia) por el 20% de los padres. Un 28% de los padres del grupo
RECHAZO viven habitualmente con los hijos anteriores de su nueva pareja,
algo que no ocurre en ninguna de las madres estudiadas y tan solo en un 6% de
los padres del grupo SIN RECHAZO.
Los resultados anteriores parecen confirmar la
importancia del tipo de convivencia elegido tras la ruptura, apareciendo como
elementos claramente diferenciadores la mayor tendencia a convivir con una nueva
pareja de los progenitores del grupo RECHAZO, especialmente los padres, y
el hecho significativo de que éstos, además, conviven con mujeres a su vez
separadas y, por lo tanto, con los hijos de éstas, algo que probablemente es
más difícil de aceptar para sus propios hijos quienes, en sus dificultades
para adaptarse no solamente a la ruptura sino también al nuevo sistema de vida
paterno, no encuentran un especial apoyo materno, al menos en ese sentido.
Variables socioeconómicas y culturales. Hemos encontrado que el nivel socioeconómico de los progenitores
del grupo RECHAZO es significativamente superior al de los del grupo
SIN RECHAZO, de manera que podríamos afirmar que las familias en las que
surge el rechazo con más probabilidad se encuentran ubicadas preferentemente en
niveles medio-bajos pero con una presencia sustancialmente mayor de niveles más
elevados que en la población "contenciosa" general. Esta observación
es de nuevo matizable cuando separamos a padres y madres y encontramos que en el
grupo RECHAZO éstas superan de forma significativa el nivel económico
de las madres SIN RECHAZO, lo que no ocurre con los padres. Es
interesante observar cómo los datos del grupo SIN RECHAZO reflejan la
tendencia general socialmente constatada de que los hombres mantienen un nivel
más elevado tras la ruptura, aunque en nuestra muestra las diferencia no son
muy elevadas (un 30% de las madres se ubican entre los niveles medio y alto, por
un 38% de los padres). En cambio, en el grupo RECHAZO los datos parecen
contradecir lo esperado, y nos encontramos con que las mujeres y los hombres
mantienen una tendencia diferente (un 54% de las madres se ubican entre los
niveles medio y alto, por un 46% de los padres), lo que de nuevo nos lleva a
pensar que el aspecto económico no parece relevante en la aparición del
rechazo, al menos no únicamente en la dirección que se ha planteado en algunos
estudios (Gardner, 1992; Dunne y Hedrick, 1994; Walsh y Bone, 1997; Vestal,
1999) en los que se alude a estos motivos como una de las causas por las que el
progenitor "alienante", habitualmente la madre, intenta alejar a sus
hijos del otro progenitor. Aparece entonces un nuevo enfoque de la cuestión en
el que podríamos pensar que el malestar de algunos padres que no tienen la
custodia y no aceptan la resolución económica dictada judicialmente (que
incluye el uso del domicilio familiar por la madre y el pago de una pensión de
alimentos) afecta a su relación con los hijos que se ve inevitablemente
resentida. Así, pueden acusar delante de ellos a la madre de su situación
insostenible e incluso, en algunos casos, les presionan en un intento de hacer
girar la balanza a su favor. Estas actuaciones provocan el efecto contrario del
deseado, una mayor alianza de los hijos con la madre quien a su vez les apoya
comprensivamente ante sus dificultades con el padre. Esta situación es
fácilmente observable en algunas de las interacciones que definen el rechazo.
En lo que hace referencia a los niveles culturales
también hemos encontrado diferencias significativas. Estas nos sugieren la
presencia de niveles culturales más elevados en el grupo RECHAZO. Como
ocurría con los niveles socioeconómicos, podemos pensar que la población que
litiga en los juzgados por cuestiones relacionadas con sus hijos se caracteriza
por tener predominantemente un nivel cultural medio o bajo, pero cuando esa
disputa incluye el rechazo de los hijos a uno de los progenitores, aparece una
mayor proporción de niveles culturales altos (un 28% por un 14% en los casos en
que no hay rechazo). Una vez más, cuando tomamos en consideración a madres y
padres por separado, encontramos diferencias de género significativas. En este
caso, el nivel cultural de las madres del grupo RECHAZO no difiere
esencialmente del de las madres SIN RECHAZO. En cambio, los padres del grupo
RECHAZO presentan niveles culturales más altos que los del grupo SIN
RECHAZO. Estos datos son interesantes en cuanto modulan los obtenidos en los
niveles socioeconómicos, de forma que las diferencias allí obtenidas no
parecen deberse únicamente al simple efecto de la "crisis
económica", inmediata a la ruptura, sino a una estructura cualitativa más
estable. Aunque en los dos grupos aparecen personas con los tres niveles,
comparativamente, en el grupo RECHAZO hay una mayor presencia de niveles
socioeconómicos más altos (especialmente en las madres) y niveles culturales
también más altos (especialmente en los padres) que en el grupo SIN RECHAZO.
Progenitores aceptados y progenitores rechazados. Hasta ahora hemos encontrado algunas diferencias entre los dos
grupos estudiados que nos permiten identificar ciertas características
diferenciales en las familias con rechazo. En algunas de ellas hemos visto como
éstas eran matizadas cuando se referían a padres o a madres. Analizamos ahora
si dichas diferencias también son válidas cuando hablamos de progenitor
aceptado o rechazado, independientemente de cual sea su género.
En nuestra muestra encontramos que fueron rechazados 80
padres y 20 madres. Un 32% de los aceptados y un 50% de los rechazados viven con
una nueva pareja. De éstos, más de la mitad (el 52%) conviven además con los
hijos anteriores de su nueva pareja mientras que ninguno de los aceptados lo
hace, ni siquiera en el caso de los hombres. De hecho, ninguno de los hombres de
nuestra muestra que viven con sus hijos (y por lo tanto son aceptados) conviven
con una nueva pareja. Encontramos, por tanto, que las mujeres y los hombres
aceptados viven preferentemente sin pareja y, cuando la tienen, sin los hijos de
ésta. En el caso de las mujeres esto es debido a que sus nuevos compañeros no
tienen hijos y si los tienen viven con la madre, y en el caso de los hombres
simplemente porque no suelen vivir con pareja cuando conviven con sus hijos. En
ambos casos los datos confirman la mayor dificultad de los progenitores (hombres
y mujeres) que viven habitualmente con sus hijos para encontrar una nueva
pareja, al contrario que los que no viven con sus hijos, quienes, cuando son
hombres, incorporan también a los hijos de sus nuevas parejas. Estos dos
factores confirman lo que habíamos expresado al diferenciar los padres y madres
del grupo RECHAZO y apuntan hacia la hipótesis del doble malestar en
hijos y progenitores aceptados, cuando se ven en la necesidad de integrar la
nueva vida del progenitor rechazado. Precisamente el rechazo puede surgir ante
la imposibilidad de conseguirlo.
Complementariamente encontramos que cuando el progenitor
aceptado vive con una nueva pareja en el momento en que aparece el rechazo, lo
lleva haciendo durante más tiempo que el progenitor rechazado. Aquí nos
encontramos con madres que han consolidado una nueva relación, incluso han
tenido nuevos hijos, donde sus hijos anteriores se han integrado de forma
inequívoca, pudiendo ocurrir, según los casos, que este nuevo núcleo familiar
excluya la figura del progenitor rechazado como alguien que entorpece su
idílico proceso de bienestar y/o que éste no acepte dicha situación
presionando a los hijos y obteniendo el resultado contrario del pretendido, es
decir, su distanciamiento aún mayor. En algunos casos concretos hemos
encontrado cómo el rechazo surge, casi de forma matemática, en los momentos
posteriores al conocimiento de la existencia de un embarazo en la madre con la
que el hijo convive, quien con su actitud puede estar respondiendo, además de
lo señalado, a sus propios temores de sentirse desplazado. Esta reacción
natural podría ser manejada adecuadamente si no se produjese en el contexto de
una "conyugalidad disarmónica" (Linares, 1996) que perdura a pesar
del paso del tiempo y de los cambios familiares.
Intensidad del rechazo. Hemos
propuesto una Escala de intensidad de rechazo que fue construida
previamente a su aplicación en el presente estudio (Bolaños, 2000) agrupando
las observaciones clínicas obtenidas a partir de entrevistas con niños
afectados por el SAP en diferentes grados de intensidad según las
características del rechazo que mostraban. En ella, el entrevistador puntúa la
intensidad de 1 a 5, sobre la base de dichas observaciones. Esta escala se ha
elaborado con la finalidad de ser únicamente un instrumento de utilidad
clínica que facilite el diagnóstico del SAP basándose en las actitudes
mostradas por los niños y observadas por un evaluador. La escala es la
siguiente:
1.
Rechazo leve. Expresión de algunos signos de desagrado en la
relación con el padre/madre. No hay evitación. La relación no se interrumpe.
Los niños estudiados se reparten homogéneamente entre
tres categorías de intensidad que hemos agrupado como LEVE (32%), MODERADO
(36%) e INTENSO (32%). Hemos visto que los niños muestran eminentemente un
rechazo leve y las niñas un rechazo intenso. No hay diferencias en el rechazo
moderado. En los trabajos de R. A. Gardner sobre el Síndrome de Alienación
Parental no hemos encontrado referencias a diferencias de género y los escasos
trabajos de otros autores en que se incluyen, lo hacen indicando una mayor
predisposición de los niños para mostrar el rechazo (Johnston y Campbell,
1988; Buchanan y col., 1991). Al mismo tiempo se ha tendido a identificar a los
niños como más proclives a los efectos negativos de la ruptura de sus padres,
poniendo el énfasis en que continúan viviendo de forma mayoritaria con el
progenitor de sexo contrario (Hetherington, 1972; Santrock y Warshak, 1979;
Hodges y Bloom, 1984). Nuestros datos tienden a confirmar que efectivamente los
niños tienen más probabilidad de desarrollar actitudes de rechazo, pero cuando
lo hacen lo hacen con menor intensidad que las niñas. El hecho de que
habitualmente sea el padre quien abandona el hogar, por iniciativa propia o por
orden judicial, puede tener que ver con esta mayor predisposición inicial en
los niños, pero a la hora de modular una mayor intensidad en las niñas
también parece ser relevante la identificación de éstas con los sentimientos
maternos.
La edad de los hijos también parece tener importancia.
Los niños menores de seis años tienden a mostrar eminentemente rechazo leve
(casi en un 90%), mientras que en los mayores de siete el rechazo es más
intenso, especialmente en el periodo situado entre los 11 y 14 años. Los
diferentes niveles de desarrollo afectivo y la predisposición a verse
implicados en conflictos de lealtades en estas edades pueden explicar estas
diferencias (Wallerstein y col., 1980).
No se hemos encontrado diferencias en la intensidad de
rechazo hacia padres y madres. Se ha de tener en cuenta el escaso número de
madres rechazadas con que hemos trabajado y aunque los datos (y la clínica)
apuntan hacia niveles más intensos de rechazo a éstas, dicha tendencia
debería ser estudiada con una muestra más amplia.
La influencia del tipo de convivencia de los
progenitores en la intensidad ha quedado débil pero interesantemente
constatada. Unicamente encontramos que cuando los progenitores aceptados viven
en pareja, el rechazo tiende a ser más intenso que cuando viven solos o con la
familia de origen. Esto posiblemente incide en que el rechazo no es simplemente
una falta de aceptación hacia la nueva convivencia en pareja del progenitor
rechazado (lo que no parece influir en la intensidad), sino que también viene
mediatizado por la convivencia en pareja del progenitor aceptado y los posibles
deseos de formar una "nueva familia" en la que el otro no tiene
cabida. Todo ello nos hace pensar que, en la génesis del conflicto, juega un
papel decisivo la aparición de una nueva pareja en el padre rechazado, pero en
la modulación de la intensidad tiene más relevancia la existencia de una nueva
pareja del padre aceptado.
Rechazo primario y rechazo secundario. En el 52% de los casos encontramos un rechazo, al que hemos
llamado primario, surgido de forma inmediata o en los primeros meses posteriores
a la ruptura, y en el otro 48% hemos encontrado el rechazo que denominamos
secundario, aparecido después del primer año.
El rechazo primario es reactivo a la ruptura y aparece
sobre todo en casos en que ésta se ha llevado a cabo de forma inesperada. Así,
las causas de infidelidad conyugal son las más habituales (en un 34,6% de los
casos). El rechazo secundario, en cambio surge tras separaciones más lentamente
gestadas, en las que predomina la falta de afecto como causa alegada (en un
54,2% de los casos). En contra de lo que cabría esperar, el abandono del hogar
no aparece más ligado a las primeras, tal vez porque a esta causa se alude en
muchas ocasiones cuando la crisis ya es clara e insostenible, y aunque uno de
los progenitores efectivamente sale del hogar, su marcha no coge por sorpresa a
nadie.
El rechazo a los padres es preferentemente secundario
(en un 55% de los casos) y a las madres especialmente primario (en un 80% de los
casos). Parece que los hijos y el padre soportan peor que sea la madre la que se
va y ello incide en esta prevalencia del rechazo primario. El trabajo realizado
con estos casos también nos demuestra cómo resulta más difícilmente
digerible para los que se quedan que sea la madre quien se va. A ello
contribuyen seguramente no solo factores sociales.
El rechazo primario afecta con mayor probabilidad a
niños que tienen edades más altas en el momento de la separación y el
secundario a los más pequeños en ese momento. El 90% de los hijos de nuestro
estudio mayores de 15 años desarrollaron un rechazo primario y el 64% de los
menores de 6 lo hicieron de forma secundaria. Pero también los pequeños
muestran un rechazo primario. Este suele ser leve, no afianzado cognitivamente y
tiende a surgir como una respuesta de negación ante la ruptura y el sentimiento
de abandono por parte del progenitor que se va.
De nuevo el tipo de convivencia actual de ambos
progenitores tiene alguna relación con el tipo de rechazo. Así, en los casos
con rechazo primario el progenitor aceptado aún vive sin pareja en casi un
84,6% de los casos, mientras que en el secundario un 50% ya viven en pareja. Por
su parte, el progenitor rechazado vive también solo en el rechazo primario (en
un 73% de los casos), pero en el secundario vive preferentemente en pareja
(75%). Parece, por tanto, que el rechazo primario no está tan asociado a la
existencia de una nueva pareja en cualquiera de los dos progenitores como el
secundario. En el primero cobran entonces más fuerza los factores anteriormente
señalados, como son la forma en que se lleva a cabo la ruptura y las
dificultades de adaptación de los hijos a la misma en función de su edad.
La dinámina relacional del rechazo. Los datos obtenidos y, sobre todo, las observaciones clínicas
durante la intervención con estas familias nos ayudan a entender el rechazo
como la expresión de una dinámica familiar en la que todos sus miembros son
"responsables interaccionales" (Perrone y Nannini, 2000). Cuando el
rechazo surge, ambos progenitores pueden culparse mutuamente de lo que ocurre.
Acusaciones en el juzgado de manipulaciones y de ineficacia en el trato con el
hijo no son suficientes, por sí mismas, para entender los motivos, aunque son
utilizadas en el proceso legal en un intento por responsabilizar al otro. En un
primer momento, por tanto, no se trata de una negación de la figura parental
correspondiente, sino más bien de una negación relacional. Posiblemente el
niño rechaza a su padre o a su madre por que los quiere, no por lo contrario.
Pero esta actitud, basada inicialmente en aspectos emocionales derivados de sus
propias vivencias de pérdida, corre el riesgo de sustentarse cognitivamente de
una forma más racional, ante las continuas exigencias externas que le hacen
tener que justificar y argumentar su postura.
De esta forma, la actitud del niño puede verse
incrementada al ser presionado para participar en actos legales derivados del
conflicto de separación, pasando a formar parte de la propia disputa, en la
medida en que sus sentimientos son utilizados como argumentos. Los padres pueden
tomar al pie de la letra la negativa expresada y utilizarla para descalificarse
mutuamente, e incluso, como hemos visto, pueden decidir llevar a su hijo delante
del juez para que éste también pueda escucharla y valorar si es la influencia
de uno o, por el contrario, la ineficacia del otro lo que motiva dicha actitud.
La convivencia con el progenitor aceptado constituye una
inevitable fuente de influencias mutuas. Aunque no es necesaria una voluntad
consciente para que sus sentimientos se traspasen al niño y se adhieran a los
suyos propios, la realidad es que este proceso ocurre, y la actitud de rechazo
se ve intensificada por este motivo. Al mismo tiempo, la actitud beligerante del
otro progenitor, el rechazado, exigiendo apoyo legal para relacionarse con su
hijo o el empleo de estrategias de acercamiento que incomodan al niño y al
progenitor con el que convive, tienden a mantener y fomentar la expresión de la
negativa. Todo ello da pie a procedimientos legales de ejecución de sentencia,
en los que el juez se ve implicado en la resolución de un problema cuya esencia
poco tiene que ver con la doctrina de las leyes. Si la actitud judicial es dura,
será descalificada por un progenitor, y si es blanda, por el otro. Así, una
respuesta judicial que presione al padre custodio o que obligue al menor, puede
agudizar el rechazo. Los dos verán justificada su actitud ante las iniciativas
legales "agresivas" que ha promovido el padre rechazado. Por el
contrario, una actitud judicial pasiva seguramente incrementará las acusaciones
de éste, quien además descalificará a la Justicia por su falta de
contundencia. El problema tiende a cronificarse porque nadie está dispuesto a
modificar su posición.
Estas situaciones pueden convertirse en auténticos
casos de explotación emocional (Bolaños, 1998) en las que las repercusiones
para el niño no suelen ser convenientemente valoradas. Si bien el rechazo
reactivo a la doble presión parental constituye una cierta estrategia de
supervivencia cuyos efectos inmediatos son de un aparente mayor bienestar, la
pérdida de una figura paterna asociada a vivencias tan conflictivas, genera
efectos negativos en el desarrollo posterior del niño (Hetherington, 1972).
Este ha adquirido un falso poder para controlar las relaciones y, al mismo
tiempo, participa de una relación simbiótica con el progenitor aceptado, con
quien comparte sentimientos que no le son propios. Los nuevos procesos de
identificación pueden ser inadecuados, eligiendo a otras figuras (nuevas
parejas, abuelos) que implícita o explícitamente apoyan su postura. Este
aprendizaje repercute inevitablemente en las competencias sociales del niño y
en sus propios mecanismos de autoestima.
Conclusiones. El Síndrome de
Alienación Parental (SAP) propuesto por Gardner (1985) y los síntomas
primarios descritos por este autor son reconocibles en nuestra población de
parejas que se separan o divorcian de forma contenciosa. El SAP es un síndrome
familiar en el que cada uno de sus protagonistas tiene una responsabilidad
interaccional tanto en su construcción como en su modificación.
El síntoma esencial del SAP es la aparición de signos
de rechazo más o menos intensos de los hijos hacia uno de sus progenitores tras
una ruptura conyugal conflictiva.
Cuando el SAP entra en contacto con el sistema legal se
convierte en un síndrome jurídico-familiar en el que los abogados y los jueces
adquieren responsabilidad en su continuidad. Las disputas judiciales
relacionadas con el SAP son tramitados de una forma habitual en procedimientos
de separación contenciosa y de ejecución de sentencia. La causa legal más
aludida en las demandas de separación es la falta de afecto, en detrimento de
otras más graves como infidelidades, trastornos mentales o malos tratos. La
controversia se centra fundamentalmente en la custodia de los hijos y el
régimen de visitas. No existe una relación directa entre disputa económica y
aparición del rechazo.
El SAP afecta por igual a niñas y a niños. Su edad es
superior al promedio de edad de los niños y niñas no afectados por el SAP y
cuyos progenitores también litigan en el juzgado. Tienen mayoritariamente entre
7 y 14 años, pero predominando el intervalo de edad de 11 a 14 años. La
probabilidad de ser afectados por el SAP aumenta con la edad. A partir de los 15
años disminuye. Por debajo de los 6 es mínima.
Las madres y padres inmersos en el SAP tienen una mayor
tasa de convivencia con una nueva pareja que la población general que litiga en
los juzgados en procesos de separación y divorcio. Cuando surge el rechazo hay
una mayor proporción de padres que de madres conviviendo con una nueva pareja.
El 80% de las madres y el 20% de los padres viven con sus hijos.
Los padres y madres inmersos en el SAP están ubicados
preferentemente en niveles socioeconómicos y culturales medios y medios-bajos,
aunque más elevados que los que no están inmersos en el SAP. A diferencia de
estos, las madres mantienen en general niveles más elevados que los padres,
mientras que los padres se caracterizan por haber adquirido un nivel cultural
más elevado que las madres.
A diferencia de las primeras descripciones del
síndrome, ofrecidas principalmente por R. A. Gardner, podemos identificar a los
protagonistas del SAP como progenitor aceptado y progenitor rechazado,
en sustitución de los términos progenitor alienante y progenitor
alienado, que pueden implicar una comprensión culpabilizadora y protectora
respectivamente y que, a nuestro entender, no facilitan el cambio. Los
progenitores aceptados son mayoritariamente madres y los rechazados padres.
Es posible detectar diferentes niveles de intensidad en
el rechazo que muestran los niños y niñas afectados por el SAP. Así, podemos
hablar de rechazo leve, moderado e intenso.
El rechazo leve se caracteriza por la expresión de
algunos signos de desagrado en la relación con el padre o la madre. No hay
evitación y la relación no se interrumpe.
El rechazo moderado se caracteriza por la expresión de
un deseo de no ver al padre o a la madre acompañado de una búsqueda de
aspectos negativos del progenitor rechazado que justifiquen su deseo. Niega todo
afecto hacia él y evita su presencia. El rechazo se generaliza a su entorno
familiar y social. La relación se mantiene por obligación o se interrumpe.
El rechazo intenso supone un afianzamiento cognitivo de
los argumentos que lo sustentan. El niño se los cree y muestra ansiedad intensa
en presencia del progenitor rechazado. El rechazo adquiere características
fóbicas con fuertes mecanismos de evitación. Puede aparecer sintomatología
psicosomática asociada.
El rechazo puede aparecer inmediatamente después de la
ruptura o en periodos posteriores que pueden alcanzar varios años después,
generalmente asociados a momentos concretos del nuevo ciclo evolutivo familiar.
Podemos, por tanto, identificar dos tipos de rechazo en función del momento en
que aparecen, uno primario y otro secundario.
El rechazo primario es reactivo a la ruptura y aparece
sobre todo en casos en que ésta se ha llevado a cabo de forma inesperada. El
rechazo secundario surge tras separaciones más lentamente gestadas.
Las niñas muestran mayor intensidad de rechazo que los
niños. La intensidad del rechazo aumenta con la edad. El rechazo primario
afecta con mayor probabilidad a niños y niñas que tienen edades más altas en
el momento de la separación y el secundario afectará a los más pequeños en
ese momento.
El rechazo secundario tiene más componentes cognitivos,
el primario es más emocional.
Los niveles socioeconómicos y culturales de los
progenitores aceptados y rechazados son similares.
El SAP aparece con más frecuencia en situaciones
familiares en las que los progenitores rechazados conviven con una nueva pareja
y los aceptados solos con sus hijos. Cuando los progenitores rechazados son
hombres, además conviven en un número elevado de casos con los hijos
anteriores de su nueva compañera. Cuando el progenitor aceptado vive en pareja,
la duración media de esa convivencia suele ser mayor que la de los progenitores
rechazados, y el rechazo tiende a ser más intenso que cuando vive solo o con la
familia de origen.
Las madres rechazadas lo son primariamente, los padres
más secundariamente. El rechazo primario en las madres viene casi siempre
asociado a la ruptura de la pareja por el inicio de una nueva relación con otro
hombre. Los niños (y los padres) aceptan peor que la madre rompa la relación
por este motivo que, al contrario, cuando es el padre quien lo hace.
El rechazo primario en los padres no está tan asociado
a la convivencia con una nueva pareja en cualquiera de los progenitores como el
secundario, aunque el primario puede estar vinculado a la sospecha de esa
relación o a su existencia, pero sin convivencia.
Por tanto, podríamos hablar de una situación general
en que el progenitor aceptado vive solo o con su familia, y los niños, mientras
que el rechazado lo hace en pareja, con los hijos de ésta. Pero el rechazo es
más intenso y secundario cuando el progenitor aceptado vive en pareja que
cuando lo hace el rechazado
Dinámica relacional del rechazo primario. Aparece en
los momentos inmediatos a la separación. Es propio de rupturas bruscas e
impulsivas, en las que se dan los siguientes factores:
·
El progenitor rechazado (habitualmente
el padre) abandona el hogar de forma inesperada o tras haber iniciado una
relación afectiva extramatrimonial.
·
Los hijos no reciben una explicación
conjunta por parte de sus progenitores acerca de lo que está ocurriendo.
·
Descubren que el progenitor rechazado
se ha ido, a través del progenitor aceptado (habitualmente la madre), quien no
puede ocultar los sentimientos que ello le produce.
·
El progenitor rechazado intenta que
sus hijos se adapten de forma inmediata a su nueva realidad.
·
Los hijos presentan resistencias para
ello, pues su deseo es contrario a la ruptura.
·
El progenitor rechazado culpabiliza al
progenitor aceptado porque los niños no quieren verle y le exhorta para que los
obligue.
·
El progenitor aceptado se siente
identificado con sus hijos. No puede obligarles.
·
El progenitor rechazado pone la
cuestión en manos del juzgado y pide al juez que se obligue al progenitor
aceptado para que pueda ver a sus hijos.
·
Hay descalificaciones durante el
proceso legal, que acrecientan las dificultades emocionales.
·
Los hijos pueden ser llamados al
juzgado para expresar los motivos por los que no quieren ver al progenitor
aceptado.
·
A medida que se ven obligados una y
otra vez a negar la figura del progenitor rechazado van encontrando argumentos
cognitivos que justifiquen su actitud.
·
El rechazo se generaliza a otros
familiares del progenitor rechazado: abuelos, tíos, primos.
·
Las familias de origen compiten entre
sí. Una protege al progenitor aceptado y a los hijos, descalificando la actitud
del progenitor rechazado. La otra exige una relación con los hijos e intenta
apoyar al progenitor rechazado para conseguirla.
·
El rechazo tiende a cronificarse.
Dinámica relacional del rechazo secundario. Tras la
ruptura, los hijos mantienen relación con el progenitor rechazado hasta que un
día deciden romperla.
·
Existe un conflicto larvado entre los
progenitores, que surge cuando deben negociar algún aspecto nuevo relacionado
con sus hijos: un cambio de colegio, unas pautas educativas, un cambio en el
régimen de visitas, una modificación de la pensión, etc.
·
Los hijos sienten las continuas
descalificaciones mutuas que sus progenitores se hacen a través suyo. Al mismo
tiempo "juegan" a darles informaciones contradictorias que generan
mayor enfrentamiento entre ellos.
·
Ambos progenitores describen cómo sus
hijos deben "cambiar el chip" después de estar con el otro.
·
Las visitas se convierten en algo
tensional. El rendimiento escolar puede verse afectado. Pueden aparecer
síntomas psicosomáticos.
·
Los hijos deciden no volver a ver al
progenitor rechazado bajo cualquier excusa: forma de cuidarles, desatención,
malos tratos.
·
Encuentran apoyo y comprensión en el
progenitor aceptado.
·
Cualquiera de los dos decide llevar el
asunto al juzgado, pidiendo que los hijos hablen con el juez.
·
El rechazo tiende a cronificarse.
·
El rechazo secundario suele aparecer
asociado a eventos del nuevo ciclo vital de la familia: nacimiento de nuevos
hermanos, inicio de nuevas parejas.
·
También puede aparecer
consecutivamente a un cambio de guarda y custodia. Generalmente en
preadolescentes que piden irse a vivir con su padre, quien apoya su actitud y a
veces la promueve. La madre se opone y presiona a los hijos en sentido
contrario. Estos necesitan justificar su decisión y buscan aspectos negativos
en la figura materna. Si al final lo consiguen, pueden sentir que han
traicionado a su madre, pero no aceptarlo cuando su madre se lo transmite. La
relación maternofilial se interrumpe.
La mediación
familiar terapéutica puede ser un método eficaz para abordar el SAP cuando
el rechazo es leve o moderado. Cuando el rechazo es intenso podría ser
necesaria la utilización de terapias coactivas. La mediación familiar
en el SAP difícilmente funciona sin la participación del sistema legal
(abogados y jueces) y el SAP tiende a cronificarse cuando recibe únicamente un
abordaje jurídico, por lo que la colaboración entre ambos sistemas se hace
imprescindible para la consecución de resultados satisfactorios para todas las
partes implicadas.
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