APADESHI
Asociación de Padres Alejados de sus hijos
SÍNDROME
DE ALIENACIÓN PARENTAL
Alienación, en el rechazo a
la Alienación Parental
Autor : José María Bouza
Al Síndrome de Alienación Parental (SAP) lo han tratado de convertido en
un símil campo de batalla, en donde Profesionales, Progenitores y otros,
diriman sus intereses Académicos, Afectivos, Económicos, Ideológicos y
Personales, olvidándose que la prioridad es proteger a los niños de los
desbordes de los mayores.
Este clima de tensión ideológica, es contrario a lo que los hijos
precisan, que es un debate serio y amplio, animado por una genuina necesidad de
darle claridad a una problemática de obstrucción vincular, que en la
actualidad es imposible de ocultar ó negar y que precisa normativas
surgidas de la realidad y una practica concreta en prevención, que este
enriquecida con los aportes académicos y las opiniones sin subjetividades, ni
discriminación, por parte de los profesionales
y funcionarios actuantes y el respeto de unos y otros, mas allá del acuerdo o
desacuerdo en las interpretaciones de cada uno.
Hay posturas serias , expresadas en forma respetuosa, que intentan exponer
sus objeciones a la existencia del Síndrome de Alienación Parental, desde la
no aceptación de
la Alienación Parental
como “Síndrome”, basando su postura sobre supuestos aspectos académicos
ausentes, sin utilizar para ese fin el descrédito y la agresión , como medio
usual, hacia quienes no piensan de la misma manera y eso les confiere valor a lo
que desean expresar. En acuerdo o en desacuerdo con las posturas de negación,
dichas interpretaciones vertidas con
respeto, abren la posibilidad, que en el disenso y en el no compartir criterios,
se otorgue un camino de búsqueda para garantizar los vínculos y la investigación
de un flagelo, como representa en la actualidad las acciones obstructivas con
manipulación de los hijos para producir el rechazo Parental tras la separación
de los Progenitores.
Sobre los cuestionamientos al Síndrome
de Alineación Parental, el Lic. Enrique Echeburúa,
catedrático de Psicología Clinica de
la Universidad
del País Vasco , España, expresa:
"A lo mejor no es un síndrome clínico, pero es
un hecho que esto sucede y hay que prestarle atención".
La frase precedente resume una
realidad expresada en una corta frase y
cualquier inquietud de negar la existencia de las obstrucciones vinculares
y sus estrategias desvinculadoras, concientes o inconscientes, condena a
cientos de miles de Progenitores obstruidos y obstructores e hijos, de todo el
mundo, a una confrontación interminable, con destrucción Física, Psíquica,
Económica y Moral de todos los grupos familiares involucrados, sucumbiendo al
imperativo inducido de eliminación de
la Figura
del Progenitor no conviviente, causando la perdida de la indispensable
credibilidad Judicial y un daño Social irreparable.
Aunque hay un conocimiento
generalizado de los perjuicios que generan los trances de
obstrucción de vinculo con los
hijos y la manipulación de los niños, existe una actitud exaltada de pretender
no tomar en cuenta, minimizar u ocultar, la realidad y sus consecuencias,
pasando por alto los Derechos del niño y las Leyes vigentes.
Existen amplios sectores que consideran que
la Alienación Parental
, encuadra dentro del “Secuestro emocional de los niños”,
consumado por uno de sus Progenitores,
que es acompañado por el impedimento de contacto hacia el otro
Progenitor, violando los Derechos del Niño.
Agregándose en ocasiones mas allá de la negación a permitir el vinculo
, la desaparición de los hijos
dentro de su propio País o fuera de sus fronteras, ejecutada por el progenitor
obstructor.
Mayormente en el rechazo a la
existencia del Síndrome de Alineación Parental, suele encontrarse un signo de
fanatismo conceptual y conducta agresiva , en una “oposición obsesiva”
a todo lo que signifique el “vinculo de los hijos con el Progenitor no
conviviente” y por ende se presenta el rechazo a la
existencia de la “Alienación Parental”, porque hace evidente
actitudes y estrategias desvinculantes, repetidas en la generalidad de los casos
No suele encontrarse en las
criticas, la objeción a reconocer a
la Alineación Parental
como Síndrome y al mismo tiempo “la defensa del Derecho al vinculo”
y sí, a justificar la obstrucción y los métodos obstructivos utilizados.
Sin ser el “rechazo de los hijos”
hacia el progenitor que no detenta
la Tenencia
el mayor motivo porcentual de obstáculo, esta circunstancia muestra características
difíciles de resolver desde lo personal, psicológico y jurídico,
desestabilizando el ya pobre equilibrio existente en los laberínticos
conflictos Familiares con hijos menores, donde la pretensión de eliminación
de la figura del otro Progenitor, por parte de quien manipula a los hijos
hacia el rechazo, suele transformarse en motivo, objetivo y motor de todas sus
acciones, asumiendo una conducta compulsiva, que el obstructor no abandona y se
extienden en el tiempo, salvo ante la contundencia Judicial limitante, faltante
en la mayoría de los procesos.
Clawar y Rivlin
hallaron que la venganza es una de las razones más comunes y poderosas que los
progenitores tienen a la hora de adoptar un comportamiento alienador. Las
características de la personalidad de algunos progenitores son tales que la
venganza parece restar su única opción viable en respuesta a sus sentimientos
heridos por el divorcio. El deseo de venganza puede ser estimulado aún más si
se descubre una infidelidad, si el padre alienador resulta abandonado por otra
persona o si se reconocen inmediatamente reemplazados por un nuevo objeto
amoroso en la vida del padre que le dejó.
Dra.
Deirdre Conway Rand - Doctora
en medicina, practica
la Psicología Clínica
y Forense, especializándose en formas complejas de abuso emocional -
California, E.E.U.U..
El problema no radica en la apreciación si
la Alienación Parental
es un Síndrome o no, sino que la obstaculización del vinculo con los hijos se
ha instaurado en los últimas dos décadas del Siglo XX, a nivel mundial, con
una actividad litigiosa excesiva y la presencia de actitudes desleales y
agresivas, para conseguirlo, situando en serio riesgo la integridad psicofísica
de los menores,
la Seguridad
legal de los damnificados y
la Credibilidad
en
la Justicia.
"Este síndrome
es una modalidad de maltrato infantil que crea al niño una gran confusión e
inseguridad. Tiene efectos demoledores sobre las criaturas. Llegan a odiar a
ambos progenitores, al que alienta el odio y al receptor del mismo.
Dra. María Jesús Mardomingo, jefa de
la Unidad
de Psiquiatría del Hospital Gregorio Marañón de Madrid - España
No es un
cuadro infrecuente dentro de la psiquiatría infantil"
expresa el Dr. Javier San
Sebastián - jefe de
la Unidad
de Psiquiatría de Niños y Adolescentes del Hospital Ramón y Cajal de Madrid
- España
Las simplificaciones groseras llevan a conclusiones peligrosas, y es lo
que esta acaeciendo con una problemática tan sensible como es la “obstrucción
del vinculo con los hijos”, una de las “violencias familiares”
de mayor acrecentamiento actual, que se encuentra fuera de control, provocando
un estado de desprotección de los hijos, rehenes de los resentimientos y
cuestiones no resueltas de sus mayores, condenados a asumir una conducta “expulsiva”
hacia el Progenitor rechazado, respondiendo obedientemente al ejercicio del
dominio omnipotente de quien ejerce la manipulación.
“El padre
alienante, por otra parte, necesita tiempo para completar el lavado de cerebro
del niño sin interferencia. La manipulación del tiempo se convierte en el arma
principal en las manos del alienador que lo usa para estructurar, ocupar, y
usurpar el tiempo del niño para prevenir el contacto ‘contaminador’ con el
padre perdido, privándoles a ambos del derecho de pasar tiempo juntos y
adelantando la meta de la alienación total” – Dr.
David
Heleniak , abogado en Morristown, Nueva Jersey, y autor de "
La Cámara Nueva
Estrella:
La Familia
de Nueva Jersey Corte y
la Prevención
de
la Violencia Doméstica
"E.E.U.U.
Este manejo emocional puede encontrarse también ejecutado por “Progenitores
no convivientes”, con menor presencia e intensidad debido al indispensable
“tiempo” necesario de relación vincular, que no es frecuente
encontrar en la relación “Hijos – Progenitor no conviviente”, en estos
casos se presenta la actitud alienadora, la
acción y los efectos en forma análogas, aunque no esta presente la lucha
judicial intensa, sujetándose a las cuestiones emocionales y afectivas y el uso
de las descalificaciones.
“El síndrome se manifiesta en general con la
madre de los niños, entre otros porque hace falta mucho tiempo para su
instalación y que a menudo es ella quien tiene la tenencia principal. Sin
embargo se presentan casos de papás inestables, o en culturas donde
tradicionalmente la mujer no tiene ningún derecho tangible”. Dra. Jayne A. Major
Fundadora
de los servicios innovadores de los hijos,
autora de “transferir
a su familia de la lucha a la cooperación”.
es reconocida como una galardonada experta en educación de la familia,
una oradora dinámica e inspiradora, autora y consultora en relaciones de
familia óptima. Doctorado
en Filosofía de
la Educación
de
la UCLA. E.E
.U.U
Mujeres y Hombres proceden de igual forma al ejecutar
la Alienación
sobre los hijos, y las acciones obstructivas, no es una condición de Genero.
“
La Alienación Parental
se produce cuando uno de los progenitores manipula a los niños a creer
que ha rechazado al otro Padre y por lo demás no es bueno y deben creer
que ellos mismos son quienes rechazaron. Síndrome de Alienación Parental es lo
que sucede a los niños que están sujetos a este tratamiento. SAP, sólo se
aplica cuando existen pruebas de la manipulación de los padres y no hay otra
buena razón por la que un niño puede rechazar
a uno de los padres (por ejemplo, debido a que el padre era abusivo,
etc)” - Dra.
Amy J.L Baker - Doctorada
en Psicología del Desarrollo en el Teachers College de
la Universidad
de Columbia. Sus áreas de investigación incluyen la alienación parental,
protección de la infancia, la participación de padres en la educación de sus
hijos, la intervención temprana, y el apego. Directora de Investigación de
la Fontana
, Vincent J. Centro de Protección de
la Infancia. E.E
.U.U
El concepto de Alienación Parental,
advierte sobre las conductas presentes en el entorpecimiento vincular en
separaciones conflictivas de Progenitores con hijos menores, dentro de
habituales e intensas acciones Judiciales, en presencia de inculcación
maliciosa
hacia los hijos, tendiente a lograr el rechazo hacia uno de los Progenitores,
usualmente el no conviviente y familia extensa del mismo.
La
Dra. Deirdre
Conway
Rand
, Psicóloga Forense, define al “Síndrome
de alineación Parental” como
“Una
respuesta de contexto familiar típica al divorcio, en la cual el niño resulta
alienado respecto de uno de sus progenitores, y acosado con la denigración
exagerada y/o injustificada del otro progenitor"
“El
lavado del cerebro formal, como técnica, es una forma rigurosa y severa de
dominio directo de otra persona, que utiliza prácticas coercitivas para causar
que el otro sujeto cambie su manera de pensar, a menudo, sin su consentimiento
y, casi siempre, contra su voluntad” -Dra. Kathleen Taylor –
Oxford
University-
, autora de Brainwashing: The Science
Según los especialistas, algunos de
los indicadores típicos del Síndrome de Alienación Parental son:
- Impedir
que el otro progenitor ejerza el derecho de convivencia con sus hijos.
-
Desvalorizar e insultar al otro en presencia de los niños, mezclando cuestiones
de
pareja que nada tienen que ver con el vínculo parental.
-
Implicar al entorno familiar propio y a los amigos en el ataque al ex cónyuge.
-
Ridiculizar o subestimar los sentimientos de los niños hacia el otro
progenitor.
Premiar
las conductas despectivas y de rechazo hacia el otro padre, a veces basta con que
los chicos vean que esa actitud hace feliz al progenitor conviviente, y terminan
ofreciendo su dolor para reconfortar al
adulto).
-
Asustar a los niños con mentiras sobre el otro.
- En los niños: si no puede dar razones o da explicaciones absurdas para
justificar el rechazo.
- Utiliza palabras o frases impropias para su edad o menciona situaciones
que no ha presenciado.
También existen otras denominaciones
para el mismo fenómeno, un ejemplo es el titulo que le otorga
la Dra. Reena
Sommer – Abogada, E.E.U.U define la patología
“El síndrome
parental de la enajenación, es la tentativa deliberada de un padre (y/o de
guarda / de otro significativo) de distanciar a sus niños del otro padre y al
hacer eso, el padre contrata a los niños en curso de destrucción de los lazos
afectivos y de los enlaces familiares que existieron una vez…”
-
Dar una “nombre”
al conjunto de acciones observadas en forma repetida, fácilmente reconocibles
en muchos de los procesos de Divorcios o Separaciones con obstrucción vincular
hacia los hijos, se presenta como la necesidad en identificar esta forma de “violencia”,
para quienes defienden el Derecho vincular y el respeto a
la Justicia
, opuesto al objetivo de quienes
justifican los medios lícitos e ilícitos para impedir la relación Filial tras
el Divorcio o separación, con el criterio de imposición de la figura de “familia
monoparental”,
con reemplazo del Progenitor biológico no conviviente, mediante la asunción
impuesta de nuevos individuos en ese rol, como ser una nueva pareja, sin
importar la posible efímera presencia de los /as mismos /as, ó un familiar con
acumulación de roles, como pueden ser, Abuelos /as, Tíos /as, pugnando por una
versión única en la forma de ver e interpretar, Jurídica y Socialmente la
problemática de las separaciones conflictivas, con demérito contra quien no
posee
la Tenencia
de los hijos.
“La transmisión
de información equivocada sobre el otro progenitor, sea hombre o mujer,
condicionan el comportamiento del hijo que busca la estabilidad tras la
ruptura familiar y crea sus propias alianzas para agradar al progenitor con
quien convive, y que en cierta forma, es de quien depende emocionalmente en la
mayor parte de los casos”, Jueza Dra. Gemma Vives Martínez • Magistrada y Doctora en Derecho. Profesora de
la Universidad Abat
Oliba San Pablo CEU de Barcelona- España
El andamiaje individual y social del
sector con identificación Alienadora, se articula en
la búsqueda de alcanzar una respuesta por parte de los Tribunales que
les sea afín a sus criterios ideológicos condicionantes,
tendientes a la eliminación del vínculo “hijos - Progenitor no conviviente”, que reemplace o sume a la acción
Personal obstructiva, con la
utilización de medios Judiciales que le otorguen justificación legal a la
restricción Fáctica de limitación vincular ya presente ó en su defecto,
mediante “actividades mediáticas”, destinadas a confundir a
la Sociedad
y presionar a los Funcionarios en sus resoluciones, con apariciones en medios
de comunicación, en donde se exponga una sola versión ó bien se le otorgue un
marco de credibilidad en desmedro de la versión del otro progenitor o
profesional entrevistado.
Cuando la
argumentación aparente y sus adornos no logran ocultar el verdadero objetivo
que es la “desvinculación con los hijos”, se acude a consignas destinadas a descalificar mediante “objeciones
subjetivas”
y exponiendo a los “objetados”
como productos y actores de oscuras confabulaciones, individuales y /o grupales,
perceptiblemente inexistentes, en la ambición de ubicar a “las
victimas de la obstrucción vincular , como victimarios, inmorales, no
merecedores de Justicia”.
Para quienes objetan la existencia de
la Alienación Parental
, la no aceptación de otras ideas, de otros conceptos, suele marcar una
conducta frecuente, una línea unificadora de convocatoria de adhesiones, en
semejanza con la “acción individual de obstrucción
vincular con los hijos”, por parte del Progenitor obstaculizador, en donde “recluta
adeptos al accionar obstructivo”, siendo la primera línea a convocar a familiares y
amigos, no admitiendo para el otro Progenitor, presencia, ni decisión alguna referente
a los hijos, restringiendo, su intervención en la vida diaria, en
cumpleaños, fiestas religiosas, actividades educativas, deportivas,
enfermedades, etc,.. alejándolo /a de
toda vinculación, al igual que
quienes en lo grupal , “socialmente”
niegan
agresivamente a
la Alienación Parental
, descalifican opiniones, y obstruyen la realización de actividades de
esclarecimiento, presencia en medios
periodísticos, Académicos, Políticos, etc,
no aceptando otra opción de pensamiento, que no sea la que desean
imponer e inducir, sobreponiendo una ideología obstructiva, discriminatoria y
confrontativa, por sobre del respeto a pensar diferente
"Existe
amplia evidencia, y ha recibido una profunda aceptación entre los profesionales
de la salud mental, que algunos niños desarrollan una alienación irracional de
sus padres que no se justifica por la historia de la relación padre-hijo y que
debe considerarse como una desviación del normal funcionamiento "
Dr. Richard A. Warshak - Psicólogo de investigación, Catedrático de Psicología Clínica
en el Centro Médico del Suroeste, y Presidente de
la Sociedad Psicoanalítica
de Dallas para
la Psicología. Consultor
de
la Casa Blanca
sobre la reforma de la custodia. Considerado como una de las principales
autoridades del mundo sobre la alienación patológica en los niños.
El uso de la mentira se exhibe como un
medio de transmisión ideológico y
en semejanza a las conductas que se describen en la “Alienación Parental de un
individuo obstructor”,
los grupos de pertenencia dirimen la cuestión, ocupando roles pre -
adjudicados , de “Alienadores”
(Descalificadores) y “Victimas
de
la Alienación
”
(Descalificados), pero desde lo “Social”.
En lo “Grupal”, ocupan modos estratégicos
equivalentes a las manipulaciones individuales, presentes en la obstrucción
vincular y sus implicancias judiciales, extrajudiciales y mediáticas
Alienadoras, siendo observadas públicamente, al igual que en la actitud
personal, como una acalorada sobre - dimensión del conflicto.
El rechazo a la existencia de
la Alienación Parental
, se trasladó contundentemente a lo Social, con inducción en otros Profesionales y
Progenitores, donde se puede advertir fácilmente los modismos y
actitudes, que en los Juzgados observan desde hace años en los casos
obstructivos individuales y actualmente se advierte en grupos de asumidas
conductas pro - desvinculación “Hijos
- Progenitor no conviviente” y negación a la presencia de
la Alienación Parental
, también denominada “Alineación” por la subordinación que asumen sus participes,
conciente o inconscientemente a un liderazgo asumidamente obstructivo y
beligerante.
La vestidura de los Movimientos Feminista
que justa y honestamente han luchado en desigualdad y con gran esfuerzo contra
la Discriminación
y los abusos contra la mujer , son tomados ó apropiados, como bandera
camaleónica para embestir contra al Síndrome de Alienación Parental , contra
los vínculos Familiares post Divorcio o Separación, confundiendo a quienes no
conocen la cuestión y sus implicancias, y de esta forma tergiversando y
manipulando lo que es un conflicto de “Familia dentro de la esfera
Judicial”, buscando trasladar
a lo “social ” como una conflictiva de Genero, que no tiene relación
de referencia a las verdaderas reivindicaciones Feministas y si corresponde a la
intención de “apoderamiento de
los hijos“ y destrucción del otro progenitor, mediante una inculcación
maliciosa masiva, sostenida en el tiempo, tomando
como supuesto eje los conflictos individuales que se presentan dentro de un
marco Familiar Judicializado de extrema litigiosidad, que al igual que en lo
individual , se observa la equivalente agresión por parte de los Alienadores
Sociales, contra los, Funcionarios, Profesionales , Progenitores e
Instituciones protectoras de vínculos filiales .
En búsqueda de acumular sectores adeptos, obvian la gran cantidad de
Madres, Abuelas, Tías, Nuevas pareja, Hijas, Hermanas, damnificadas en la
problemática desvinculante , que sufren los avatares de las deslealtades y
obstrucciones de vinculo con los niños tras la separación dela Pareja.
Involucrar a la obstrucción
de vinculo con los hijos en una supuesta cuestión de enfrentamiento de
Genero, es por demás inconsistente e injusto por su inexistencia.
Entre los planteamientos de negación al SAP esta el que sostiene que es
un invento de hombres para quitarle los hijos a las madres, lo cual carece
de posibilidades de análisis serio, ya que los pedidos a los Tribunales por
acción de los perjudicados por la obstrucción, surgen casi en su totalidad
hacia el intento de cumplimiento a los Regímenes de visitas, no a los
cambios de Tenencias, y los supuestamente
ocurridos con mención a
la Alienación Parental
son casi inexistentes y
la Alienación Parental
formaba parte de una serie de conductas de riesgo hacia los menores y
desobediencias reiteradas a los Juzgados hacia el cese de la irregularidades
vinculares y no el motivo de decisión de cambio de Guarda y si así aconteciera
se correspondería a un “abuso de
la Tenencia
” y ante una reticencia marcada y reiterada a permitir el vinculo con el
otro Progenitor y familia extensa y en
salvaguarda de los Hijos ante la imposibilidad de lograr cumplimiento de
las resoluciones Judiciales y a la obsesiva desobediencia Judicial.
“en el Síndrome
de Alienación Parental influyen otras muchas circunstancias, como la
vulnerabilidad psicológica del niño, la conducta y la personalidad de ambos
progenitores, las dinámicas fraternales o los conflictos entre ambos padres.
Con frecuencia, suele ocurrir que el niño no sólo llegue a rechazar a su
padre, sino también a toda la familia y al entorno de éste. Abuelos, tíos,
primos y las nuevas parejas del alienado se ven también afectados por este síndrome,
“llegando a ser prácticamente ‘’borrados del mapa’ por el niño que
padece el SAP”. del libro “Conflictos
matrimoniales, divorcio y desarrollo de los hijos” (ediciones
Pirámide), editado por los profesores José Cantón
Duarte, Mª Rosario Cortés Arboleda y Mª Dolores Justicia Díaz, del
departamento de Psicología Evolutiva y de
la Educación
de
la Universidad de Granada.
En el ejercicio practico del concepto erróneo de los hijos como un
objeto de posesión, como propiedad, no sujeta a evaluación y
consideración, no negociable su
compartir, se deja de lado al respeto de esos niños y sus derechos.
La actitud de sector ultra
radicalizados de considerar
la Tenencia
de los hijos, como un derecho Socio - Cultural – Histórico, ganado por las
Mujeres, y su férrea defensa como un fenómeno sexista reivindicatorio, produce
una sensación de retroceso a épocas en donde las personas tenían sus dueños
por color de piel , sexo, religión o por haber nacido en una determinada región,
en donde cualquier acción desmedida, maltrato o arbitrariedad,
por parte de sus “dueños” debía ser convalidada, no
discutida , no objetada.
Hay una serie de conductas sociales contaminantes e incubadoras de
resentimientos, que
semejante a lo individual de
la Alienación Parental
, derivan en lo Social, con denuncias mediáticas, carentes de material
probatorio ó credibilidad, a individuos, Profesionales, Funcionarios u
Organizaciones, que se manifiesten proclives a exponer las conductas presentes
de rechazo y obstrucción vincular , bajo el concepto “Alienador” , mediante
descalificaciones sumidas en el propósito del sostenimiento del impedimento de
contacto de los hijos hacia el Progenitor no conviviente y familia extensa,
manteniendo la confrontación y el Litigio, con sus costos económicos,
emocionales y sociales
En los conflictos obstructivos
individuales es frecuente denunciar sin prueba alguna, en búsqueda de
menoscabar al otro Progenitor y conquistar posiciones Judiciales y apoyo de
familiares y amigos, deteriorando la imagen ante los hijos, entorno y Juzgados,
empleando denuncias aberrantes, y en
su paso a
la Alienación Social
, actúan con la misma malicia y
violencia, refiriéndose sobre
Funcionarios, Profesionales, Organizaciones
o individuos que expresen “defensa a los vinculo filiales” y
pretendan exponer sobre
la Alienación Parental
, y el respeto a
la Ley
,.
Quienes desprecian los vinculos
con los hijos, tras el divorcio, En actitud corporativa difamatoria vierten sus
consideraciones, como que en su “ mayoría “ en una generalización
perversa, son pedofilos, abusadores, violentos , por el solo hecho de asumir la
defensa de los vínculos y la necesidad de una Justicia independiente de
presiones ideológicas.
«En
los casos de alienación severa, el comportamiento del alienador recalcitrante
se basa en no obedecer las sentencias judiciales, en no tener conciencia de daño
hacia el propio hijo, en reclutar en el entorno a amigos, familiares contra la
parte alienada y en plantear una batalla judicial con falsas alegaciones.
Entonces la única terapia acreditada es separar al menor del progenitor
alienador, exactamente igual que se haría en el caso de una secta destructiva y
peligrosa» Lic. Julio
Bronchal Cambra – Psicólogo
Forense - España
La repetición de falsedades como estrategia de difusión y captación de
adeptos, se muestra como el método mas usado, para desestimar la existencia de
la Alienación Parental
y lograr la reproducción de conceptos falaces, buscando la creación de una
“conciencia social” que no
verifique lo leído o escuchado y aún así lo repitan como algo cierto,
internalizandolo en la desafortunada creencia que son veraces, siendo
manipulados mediante una técnica de manejo de Masas sociales, haciendo uso
practico de la fatídica frase
“Miente,
miente, miente que algo quedará, mientras más grande sea una mentira más
gente la creerá “– Goebbels
Es
notable la utilización de la “tergiversación” de cualquier
comentario, opinión y ó respuesta vertida en la defensa de los vínculos
filiales, provocando en el lector ó escucha desprevenido, la sensación errada
que están ante personas u organizaciones, que supuestamente adhieren o
proclaman cuestiones objetables, siendo el mensaje que se desliza al
tergiversar, cuya búsqueda es lograr un repudio.
Los
individuos captados, en el desconocimiento que están ante una manipulación,
continúan retransmitiéndolo, en la ignorancia de estar siendo usados para un
fin difamatorio, con el objetivo de proseguir con el desmembramiento familiar e
impedimento vincular de los hijos con uno de los Progenitores y familia extensa.
“Quitar
de contexto una frase”, produce una
distinta interpretación de lo que se deseo expresar, algo también usual en
quienes utilizan medios difamatorios.
Los
misterios son habitualmente más atractivos que la realidad, el crear dudas, el
recrear historias que atraigan desde el morbo, representa una forma objetable de
conducirse, pero efectiva para quienes mediante la deformación de la realidad
cumplen sus objetivos personales..
El avance Alienador social, fija el rumbo en menoscabar a la
“Alienación Parental”
manifestando que es un invento del Dr. Richard Gardner, al cual atribuyen
“mediaticamente” de alentar la protección de Pedófilos . De haber existido
ilícitos, debió ser Denunciado y Juzgado, como cualquier persona que efectúa un delito y condenado si
fuera culpable, algo que no ocurrió
y Gardner falleció hace años, imposibilitando al presente su defensa legal ó
mediática. La actitud Publica del Dr. Gardner,
contradice los conceptos denostadores sobre su persona, ya que
fue impulsor en E.E.U.U. de la llamada
Ley de Megan, que permite a las comunidades conocer la presencia en su
medio de pedófilos que han sido liberados de la cárcel.
El abordaje de
la Alienación Parental
a sido realizado por gran cantidad de especialistas, haciendo sus propias
exploraciones y conceptualizaciones, contando con la abundancia de casos, con
detección de conductas similares en
los mismos.
Si se considerara la critica
hacia el Dr. Gardner , únicamente se podrían referir al hecho de haber dado un
“Nombre” al conjunto de síntomas detectados, que ha sido
popularizado como Síndrome de Alienación Parental,
cuando muchos especialistas habían observado y comentado su presencia en
los divorcios conflictivos con hijos menores, antes de sus observaciones
relacionadas a
la Alienación..
Aún existiendo individuos
objetables en cualquier problemática social, no elimina la “certeza de la
existencia de dicha problemática”, ni la extensión y gravedad de la
misma, como ocurre en el “impedimento de contacto con los hijos” ,
que es una realidad presente a nivel mundial,
en ocasiones con utilización de la manipulación de lo hijos , y una
serie de conductas presentes, cuyo conjunto se dio a llamar Síndrome de
Alienación Parental, y su marco teórico surge de la apreciación de
abundantes autores , desde el examen de la repetición de conductas en casos
similares, independientemente de quien le haya dado el nombre popularizado, con
el que se conoce actualmente.
No hace falta mayores conocimientos Académicos
para inferir que la " inculcación maliciosa”,
principal componente de
la Alienación Parental
, existe y existió siempre, trascendiendo a las personas y las épocas y su
negación crispada, no alcanza a ocultar su existencia y deja en superior riesgo
a los menores, expuestos a la manipulación, provocando impunemente injusticias
hacia las victimas y desprestigio hacia quienes pugnan en defender a los niños
y mayores, victimas de estas arbitrariedades.
Los censores, se
expresan hacia la gran cantidad de especialistas que han investigado la “Alienación
Parental”, tildándolos de “hombres” (en forma despectiva y
discriminatoria), abusadores, pedófilos,
violentos, machistas, misóginos y que a través de la exteriorización de
la Alienación
parental procuran amparar abusadores y violadores, cuando sobre el “Síndrome
de Alienación Parental” coinciden y expresan todos los autores y
especialistas que no debe ser utilizado en defensa de causas de supuestos
“Abusos sexuales”, si previamente no quedo desestimada dicha denuncia y
en tal caso su mención se encuadraría en la búsqueda de los “motivos” por
los cuales se forjo una imputación que carecía de veracidad, con carencia de
pruebas ó de confiabilidad de las mismas, verificando si la presencia de
Alienación Parental, condujo a la acción maliciosa de la denuncia ó a su errónea
interpretación de los hechos , que derivo en la creencia de la existencia de un
ilícito y la respectiva denuncia.
Otra acción es popularizar que los “abusos sexuales” hacia los hijos
parten de los Progenitores varones no convivientes, cuando es conocido en medios
criminalisticos especializados, que estos ilícitos, cuando son comprobados, son
cometidos mayoritariamente por personas convivientes y allegados, simplemente
porque el contacto con los niños y el abusador es mas habitual.
La
condición de abusador / ra , violento /a ,
no esta ceñido por su relación biológica y cualquier generalización
maliciosa conspira contra la protección hacia los niños que se encuentran
realmente en riesgo.
En donde están todos de acuerdo, es, en que las personas que
efectivamente abusan, violan, ó mal tratan a los niños, deben recibir el mayor
repudio de la sociedad y toda la contundencia de
la Ley
.
Existen
ofensivas mediáticas que fijan abiertamente su objetivo en relacionar el justo “reclamo
a los vínculos con los hijos” , con los abusadores sexuales. Esta actitud
maliciosa da muestra del desborde y
descontrol imperante en la problemática de las “Separaciones con hijos
menores”. No corresponde vincular las denuncias de supuestos abusos
sexuales con el Derecho natural de todo Progenitor a reclamar el ejercicio
del vinculo Filial y es una
forma clara de “alentar la obstrucción de contacto con los hijos”,
mediante la búsqueda de la impunidad, pues los casos de obstrucción
vincular se presentan en todo el mundo por cientos de miles, y las denuncias
por presunto Abuso sexual de hijos, realizadas por un Progenitor en contra del
otro, (pudiendo ser realizadas tanto por el conviviente , como por el no
conviviente), son escasas en el muestreo total de juicios de reclamo vincular,
siendo la gran mayoría desestimadas por falta de credibilidad y / ó
falta de pruebas.
Aún
siendo un porcentual mínimo en
comparativa, cualquier violencia contra un menor debe ser considerada e
investigada, reduciendo al máximo el posible error de apreciación Jurídica,
evitando: victimización por parte del denunciante , sea en actitud falaz o errónea
y absolución de auténticos culpables, preservando a los inocentes y
principalmente a los niños involucrados en las denuncia, de la violencia del
escarnio jurídico y publico.
Cuando los autores y
especialistas opinan sobre las evidencias de
la Alienación Parental
, no hacen eje en causas de posibles ilícitos sexuales o de violencia, que
deben estar sujetas a una mirada proteccionista Judicial, hacia las posibles
victimas , sino en la obstrucción vincular en causas de Familia, en
donde no hay impedimentos legales de contacto y se verifica la existencia de la
negación sistemática al cumplimiento a los Regímenes de visitas y al respeto
a las resoluciones Judiciales, con la utilización de los hijos en la negación
de vinculo y sin existencia alguna
de resolución restrictiva de vinculo por parte de
la Justicia
, ni causas observables que justifiquen la actitud de rechazo en los hijos.
“El SAP es un
conjunto de síntomas creados cuando un progenitor transforma la conciencia de
su hijo con el objetivo de impedir, obstaculizar o destruir el vínculo de éste
con su otro progenitor” . Lic.
Roberto Sicard León, psicólogo de
la Universidad Nacional
, magíster
en Psicología Clínica y Forense de
la Universidad
de Complutense de Madrid - España
También expresan que es un invento de “hombres contra Mujeres”,
cuando son conocidos los abundantes casos de Madres, victimas de Alienación
Parental y de las llamadas Denuncias Falsas u erróneas y son de
exteriorización asidua, tanto en los Juzgados , como en los medios periodísticos.
El supuesto enfrentamiento de
Genero , es inexistente de parte de las victimas de Alienación, pues es clara
la búsqueda de protección de los hijos por encima del Genero del Progenitor
damnificado, y como tal, mas que un “Enfrentamiento” es una “Agresión”
por parte de un sector obstructivo enardecido .
En actitud “discriminatoria” hacen
extensivo que son “hombres” quienes desde lo profesional hablan del Síndrome
de Alienación Parental, obviando que en su amplia mayoría quienes han abordado
el tema de Alienación Parental son
Mujeres, siendo Profesionales, Psicólogas, Psiquiatras, Abogadas, Medicas,
Funcionarias, quienes se han dedicado a la observación de la “Alienación
Parental” como un fenómeno presente o en cierne en las Separaciones o
Divorcios conflictivos, con antecedentes de negación de vinculo filial .
Para
citar algunas Profesionales Mujeres que han mostrado su interés ante la
visualización de
la Alineación Parental
:
Dra.
Amy JL Baker, Lic. Susana
Pedrosa, Dra. Elisabeth Aguilar Parra, Dra. Natalie L. Moran, Dra. Jayne A. Major
Lic., Lic. M.
Guisella Steffen Cáceres, Lic. Dense
María Perissini da Sila, Lic. Mª Teresa Junco López, Lic. MªJosé
Blanco Barea, Dra..María P.Martínez de
Santágata, Dra. Andrea Pilar Asín, Dra. Liliana Domenichini, Lic. Paola Andrea
Mina Gomez, Dra. Ana Cabezuelo, Dra.. Sommer, Reena, Dra.
Deirdre Conway Rand, Dra. Pilar B. Pérez Rojas, Lic. Monica
Rincón Acereda, Lic. Arantxa
Coca, Dra. Graciela
Nora Manonellas, Victoria Trabazo Ariaz, Lic. Marinita Bertuzzi, , Dra. Laura Alascio
Carrasco, Jueza Dra. Marie Gordillo Rivera,
Lic. M. Guisella Steffen Cáceres ,
Lic. Mercedes
Irigoyen Sáenz, Dra.Norma López Faura, Jueza Dra. Marta Ramírez González,
Dra. Catherine
Swanson, Lic. Anne France Goldwater, Dra. Anita
K. Lampel, Dra. Peggy
Ward, Dra. Cheri L. Wood, Dra.Lisa A. CooK, Dra. Mary Lund, Dra.Leona Kopetski,
Dra. Caroline
Willbourne, Dra. Roberta Patrocchi Etc.
Etc.......
y que estas especialistas al igual que los Profesionales Hombres, por
ejemplo:
Lic. José Manuel
Aguilar Cuenca, , Dr Stan Hayward, Dr. Marcos Gruber ,
Dr.
Ferrnando Azor Lafarga, Dr. Douglas
Darnall, Dr. Douglas B. Dougherty, Lic. Julio
Bronchal,Dr.
L. F. Lowenstein, Dr. Philip M. Stahl, Dr. John Dunne, Dr. J. Michael Bone, Dr. Michael R. Walsh, Dr. Benjamin D. Garber,Lic. Julio
Cesar Carozzo, Dr. Carlos Diaz
Usandivaras,
lic. Domènec
Luengo, Dr. Ira
Daniel Turkat, Dr. Iñaki Bolaños, Dr. Barriy Brody, Dr. Michael Hueso, Dr.
Kenneth Byrne Dr.
Gaetano Giordano, Dott.ssa
Roberta Patrocchi (**)Dott. Giuseppe Dimitri (**) Dr. Joseph Dimitri , Dr. Wilfrid v.
Boch-Galhau, Etc, Etc.......
han brindado su reflexión a este fenómeno, siendo reconocidos en su
gran mayoría por su labor como Profesores/ as, Catedráticos /, Funcionarios
/as.
“Se
da con bastante frecuencia. La manipulación sobre la imagen del progenitor, la
realizan tanto padres, como madres”. “porque maniobran la psiquis del niño
a tal punto que se quiebre por completo el vínculo y muchas veces es muy difícil
recuperarlo”. Dra. Mariana Bravo de
Mayuli, Jueza de Menores de Santiago del Estero, Argentina
Sobre el Síndrome de Alienación Parental, el Juez
Dr. Francisco Serrano, Sevilla - España ,
Presidente de
la Asociación Multidisciplinar
para
la Investigación
de Interferencias Parentales (ASEMIP), lo expresa
como "una
de las formas más severas de interferencia parental que se produce en el
contexto de las disoluciones matrimoniales y rupturas de convivencia de pareja
con hijos menores", y agregando desde ASEMIP "En conclusión,
entendemos que resulta paradójico que se niegue la manipulación de los niños
por sus padres o madres, cuando se miente y manipula a la propia opinión pública".
Para desconocer al
Síndrome de Alienación Parental, indican
que no se encuentra en el DSM IV , Manual
Diagnóstico y Estadístico de los trastornos Mentales
(American Psychiatric Association), algo que es cierto y sin embargo
tiene amplio reconocimiento a nivel mundial.
Si bien el Síndrome de Alineación
Parental (SAP), todavía no a sido incorporado,
tampoco se encuentran en el DSM IV, por citar un par de ejemplos, el Síndrome
de Estocolmo, el Síndrome de
la Mujer
golpeada y otras tantas patologías, co - existiendo conjuntos de Síntomas
reconocibles, a pesar de no estar incluidos al presente, en dicho compendio
Científico.
Si bien el Síndrome de Alienación Parental no es
llamado de esa forma en el vademécum de patologías DSM IV, se corresponde con
el llamado Münchhausen syndrome by power o by proxy, llamado en
español Síndrome
de Münchhausen por poder o por proximidad. El DSM-IV señala algunas
circunstancias que siempre confluyen en este síndrome.
a)
Producción
o simulación intencionada de signos o síntomas físicos o psicológicos en
otra persona que se encuentra bajo el cuidado del perpetrador.
b)
La motivación
que define al perpetrador es el deseo de asumir el papel de paciente a través
de otra persona.
c)
No
existen incentivos externos que justifiquen este comportamiento (por ejemplo,
una compensación económica).
d)
El
comportamiento no se explica mejor por la presencia de otro trastorno mental.
Los
padres y sobre todo la madre, inventan, falsifican o producen de manera
voluntaria síntomas al niño, con la finalidad de gratificar las necesidades
psicológicas de atención y dependencia de ellos mismos.- Profesor Sir Dr. Roy Meadow – Pediatra Británico, fue
nombrado caballero por su labor profesional.
El Síndrome de Alienación
Parental, se encuentra en evaluación para su inclusión en el DSM, y como
cualquier otra patología detectada, demora tiempo para su incorporación,
mientras tanto no significa que no existen, es solo que no están en ese
compendio.
Aunque
la O.M
.S - Organización Mundial de
la Salud
no reconoce aún la existencia del Síndrome de Alienación Parental, el
Consejo General de Colegios Oficiales de Psicología de España, Estados Unidos,
México y
la Unión Europea
han incluido el fenómeno en sus respectivos códigos civiles y lo consideran
como maltrato infantil, reconociendo que los aspectos sintomáticos deben ser
tratados con fines terapéuticos.
Definición
de Síndrome:
“Un síndrome es el conjunto de síntomas
que caracterizan una enfermedad
o el conjunto de fenómenos característicos
de una situación determinada”
Aún eliminando el termino “Síndrome”,
la Alienación Parental
, sigue estando presente y es detéctale por quienes deben evaluar en la causas
Judiciales, y ocasiona enorme daño a cientos de miles de niños en todo el
mundo, y también a ambos
Progenitores, el damnificado por sufrir el “Alejamiento” y el Alienador
por someter su vida al sustento de una historia de desvalorización permanente
del otro, que termina perdiendo ante los hijos su propia valía y respeto.
Definición de
Alienación: “Proceso
mediante el cual el individuo o una colectividad transforma su conciencia hasta
hacerla contradictoria con lo que debería esperarse de su condición. Desde el
punto de vista medico es un trastorno intelectual, tanto temporal , accidental
ó permanente.
Otra cuestión
del reconocimiento de los opositores de Alienación Parental se han aferrado, es
el debate sobre si
la Alienación Parental
debe considerarse por un síndrome. Ellos sostienen que si no es un síndrome,
no puede ser real. Creo que la afirmación de que
la Alienación Parental
es un "síndrome" es defendible, pero independientemente, el hecho
clave es que el comportamiento alienante y campañas de Alienación Parental
existen y son un gran problema en el divorcio.
Lic. Janet Johnston –Sociologa Clinica.
Un ejemplo para entender mas sencillamente el SAP y su falta en el DSM IV,
es el SIDA - Síndrome de inmunodeficiencia adquirida,
(AIDS), que no constó durante muchos años en el reconocimiento formal
de las Literaturas Medicas, y las personas enfermaban y fallecían por un
conjunto de síntomas, reconocibles pero que no tenían un nombre oficializado
en un Manual Científico.
El DSM , no puede abarcar, por definición, la totalidad de las
situaciones en las que la salud mental de un ser humano, entendida en su justo
sentido holístico, puede verse comprometida. Hasta tal punto el mismo sistema
lo reconoce que ha tenido que buscar un truco, un subterfugio para poder salvar
la situación; el truco es una categoría que se denomina “otros focos de
interés que pueden ser objeto de atención clínica”. El DSM considera en
esta categoría “a otros estados o problemas que pueden ser objeto de atención
clínica y que se relacionan con trastornos mentales descritos previamente en
este manual en una de las siguientes formas 1) El problema esta centrado en el
diagnóstico o el tratamiento y la persona no tiene un trastorno mental….”
(APA, 1995 pág. 691 ) (DSM, SALUD MENTAL Y SÍNDROME DE ALINEACIÓN PARENTAL - Adolfo Jarne Esparcia y Mila Arch Marín – Universidad de
Barcelona – España)
Los
opositores y críticos del Síndrome de Alineación Parental, siguen
argumentando que no existe, simplemente por su ausencia en el Manual Diagnóstico
y Estadístico de los Trastornos Mentales (versión IV) o el DSM-IV. Aunque no
hay duda de que este argumento tiene validez aparente, no obstante, deja de lado
el siguiente argumento más destacados alternativo: - Al igual que con cualquier
fenómeno, siempre hay un período de latencia entre la vez que se identificó
por primera vez y cuando está completamente aceptado por la comunidad en
general. Ejemplos de esto, tales como: la esquizofrenia (originalmente se
pensaba que las personas con este trastorno fueron heridos por el diablo) , Cáncer
, trastorno por déficit de atención, dislexia HIV
- SIDA . No hay duda de que estas condiciones existen desde mucho antes
de que se reconoce en los libros de texto o por las autoridades académicas y
jurídicas. Sin embargo, su ausencia de estas fuentes de autoridad no implica
que no existían o carecían de validez. Dra. Reena Sommer
– Abogada- E.E.U.U.
Tradicionalmente
se ha debatido entre profesionales clínicos y legales en relación al concepto
de SAP estableciéndose una discusión científica en torno al término de Síndrome
de Alienación parental, en los tópicos de si constituye o no un síndrome, de
su no inclusión en el DSM IV . En mi opinión dicho debate resulta vano y vacío
de contenido ¿Cuántos "síndromes" Munchaunsen, De adaptación Paradójica
a
la Violencia
, De Estocolmo, Pre-menstrual, tampoco se encuentran recogidos en el DSM-IV y
ningún profesional de
la Psicología
clínica duda de su existencia y de que responden a realidades humanas,
concretas, que requieren ser descritas, estudiadas, evaluadas y en el caso del
SAP, tenidas en cuenta en la toma de decisiones en relación con los estudios
sobre custodia? Lic. Monica Rincón Acereda - Psicóloga forense - Juzgado
de Familia 5 - Las Palmas. España.
Formulan que no existen resoluciones en los Tribunales, con
tipificación del Síndrome de Alienación Parental, siendo que las hay y cada
vez mas Juzgados en diversos países lo reconocen, siendo
esta patología para muchos autores del orden “Jurídica” por
el gran componente de acciones legales que lo rodean, y el despliegue de
presentaciones y denuncias , tendientes a obstaculizar el vinculo, dificultando
la labor Judicial, buscando la impunidad, amparándose en supuestos rechazos de
los hijos.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha pronunciado expresamente
en sus sentencias sobre el Síndrome
de Alineación Parental (SAP), ,
así en la emitida el 8 de julio de 2003 declaró que
“Los Tribunales deben averiguar si
la Alineación Parental
está presente y determinar sus consecuencias para el desarrollo del hijo, con
intención de establecer el verdadero deseo de éste”.
Este síndrome, se presenta frecuentemente en los juicios
familiares, donde uno de los padres afirma categóricamente, que su hijo o sus
hijos son maltratados por el otro progenitor y donde además, los menores
expresan comentarios denigrantes del padre “repudiado”. La situación
resulta clara hasta este punto; sin embargo, se complica al detectar que el
padre “repudiado”, no presenta características que justifiquen el odio de
sus hijos.
El Dr. Douglas Darnall
describe el progenitor alienador como producto de un
sistema de ilusiones, donde todo su ser se orienta hacia la destrucción de la
relación entre sus hijos y el otro progenitor.
Este síndrome es
reconocido en las Cortes de 22 Estados de los Estados Unidos de Norteamérica y
en el plano internacional, en siete provincias de Canadá, en Alemania, Gran
Bretaña, Israel y Suiza.
La solución a este
problema no es fácil. Todos los que de alguna u otra manera están implicados
con el sistema familiar, debieran conocer y diferenciar perfectamente este síndrome.
Cualquier cosa que uno pueda hacer por comprender las circunstancias en que este
fenómeno pueda darse, y por entender las dinámicas subyacentes, servirá para
ayudar a la familia. Lic. Ana Bertha Guzmán Franco -
Lic. Carla Rosalía Domínguez Morán - psicólogas
del Poder Judicial - Mexico
El progenitor Alienador suele estar convencido
que el rechazo surge por parte de los hijos, sin su mas mínima intervención,
por lo tanto se asume “protector” de los niños y se arroga una
defensa enfervorizada del derecho del hijo a negar el vinculo con el otro
Progenitor, en respeto a la decisión de ellos.
“En su evaluación errónea “impedir
la vinculación, es protegerlos”. Desobedecer resoluciones Judiciales es “hacer
Justicia” y ejercer
la Justicia
por mano Propia , una “atribución por encima de
la Ley
”.
Considerar
la inexistencia del Síndrome de Alineación Parental es tan erróneo como
estimar que detrás de toda obstrucción vincular o negación en los hijos,
existiera una Alienación Parental.
Entender
el SAP severo como una forma de maltrato emocional: el SAP es violencia,
violencia psicológica, maltrato emocional hacia un menor sin oportunidad de
construir una visión de la realidad diferente de la transmitida por el
progenitor rechazante. También es violencia, violencia psicológica, maltrato
emocional, el uso fraudulento e interesado de un supuesto SAP, (alineación
parental a secas) cuando se trate de una actitud del menor de intenso pero
justificado rechazo a un progenitor. Lic. Monica Rincón Acereda - Psicóloga forense -
Juzgado de Familia 5 - Las Palmas. España.
En
ocasiones el supuesto Progenitor que se considera afectado por
la Alienación Parental
, no reconoce su participación en los motivos del rechazo, puede llegar a
confundir una falla propia, con una artimaña de su ex pareja, que lo / a
aleja de los hijos, y en su falta de autocrítica , determinar que lo que
existe es un SAP, mostrando un convicción similar a la que sostiene el Alienador
cuando especula que son sus hijos quienes no desean estar con el otro
Progenitor rechazado, de allí la importancia del estudio y la capacitación,
para la “evaluación y abordaje de cada caso en particular” ,
para hacer frente a cuestiones que condicionan el hoy de los adultos y el
futuro de los hijos.
“Si bien es cierto que para
realizar una campaña de desacreditación respecto al progenitor alienado, el
alienador debe ser consciente de los actos que realiza, también es cierto que a
menudo, este no es plenamente consciente de que está produciendo un daño
psicológico y emocional en sus hijos / as, y de las consecuencias que ello va a
tener a corto y largo plazo en el o la menor.”
El
síndrome de alienación parental: una forma de maltrato infantil (Cuaderno de
Medicina Forense) C.
Segura Licenciada en Psicología. Experta
Universitaria en Criminología y en Mediación y Orientación Familiar.
Coordinadora de Punto de Encuentro Familiar de Sevilla., MJ. Gil Licenciada
en Psicología. Experta Universitaria en Mediación y Orientación Familiar.
Psicóloga de Punto de Encuentro Familiar de Sevilla.
y MA. Sepúlveda , Especialista
en Medicina Legal y Forense. Experta en Mediación y Orientación Familiar.
Supervisora del Programa Punto de Encuentro Familiar de Sevilla.
Los Psicólogos y Psiquiatras de
la Corte
de New York en este caso de 1980 (Entwistle v. Entwistle), no lo definieron
como SAP (PAS en inglés) sino simplemente como una interferencia inaceptable
para el desarrollo armónico de un menor. El síndrome de alienación
parental ha sido reconocida en los casos de custodia en Nueva York desde 1980,
cuando se sostuvo que una interferencia del progenitor custodio en la relación
entre un niño y un progenitor no custodio es "un acto tan inconsistente
con los mejores intereses del niño que suscita per se una fuerte probabilidad
de que la parte ofensora no sea la idónea para ser el progenitor custodio".
Entwistle v. Entwistle, 61 AD2d 380, 384-5
Sup. CT., NY 1980. Para aquellos que critican y ponen en duda la existencia del SAP,
basándose en leyendas negras y oscuras sobre quien puso nombre a este fenómeno,
Profesor Gadner (3), debemos recordarles que éste definió el SAP de una forma
clara y precisa bastante después que una Corte Suprema de un Estado de los
EE.UU. afirmase su existencia aunque, como decimos, sin ponerle nombre
especifico
(Dr. José Luis Sariego
Morillo- Abogado y Mediador
Familiar - España)
La
controversia sobre
la Alienación Parental
es en gran parte política. Los niños son vulnerables e impresionables, y los
padres en los divorcios de carga emocional son capaces de utilizarlos como
instrumentos de su ira. Es cierto que los
tribunales de familia deben descartar las falsas afirmaciones de
la Alineación Parental
hecha por los padres abusivos o manipuladoras.
También es cierto que los tribunales deben actuar con decisión para proteger a
los niños del abuso emocional causado por los alienantes.
Dr. Glenn Sacks – Director ejecutivo de la organización Fathers
& Families de E.E.U.U
Existe abundante información en
relación al Síndrome de Alienación Parental, lo cual ha instituido legislación
sobre la materia en diversos países, siendo incluido en los Códigos Civiles de
diversos Estados, entre ellos EE.
UU., México
México
D.F. su Código Civil vigente establece, art. 411:“Quien
ejerza la patria potestad, debe procurar el respeto y el acercamiento constante
de los menores con el otro ascendiente que también ejerza la patria potestad. En
consecuencia, cada uno de los ascendientes deber evitar cualquier acto de
manipulación, alienación parental encaminada a producir en la niña o el niño,
rencor o rechazo hacia el otro progenitor. En consecuencia, cada
uno de los ascendientes deber evitar cualquier acto de manipulación, alienación
parental encaminada una producir en la niña o el niño, rencor o rechazo hacia
el otro progenitor.”
El Tribunal
Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo lo recoge igualmente en
diversas sentencias sobre temas de familia.
Hay coincidencia de los especialistas en Alienación
Parental - SAP , que para
empezar a evaluar su presencia, debe presentarse el rechazo de los hijos sin
motivo justificado y que usualmente se detecta inmerso en una extenuante
conflagración jurídica, con antecedentes de obstrucción del vinculo e
incumplimiento a los convenios y/o desobediencias a resoluciones Judiciales por
parte del supuesto Progenitor Alienador.
El desprestigio Mediático, a través de los medios de comunicación,
incluido Internet, contra Progenitores que reclaman estar con los hijos,
Profesionales, Organizaciones y Funcionarios Judiciales, se muestra como uno de
los componentes mas análogos entre la presencia de
la Alienación Parental
individual y
la Alienación Parental
Social, con la utilización de mentiras, calumnias, y agresiones.
No
existen Organizaciones y / o Profesionales, identificados con la “Defensa
de vínculos filiales”, que acepten ó protejan abusos ó violencia hacia
los hijos y que hayan hecho publico algún tipo de reivindicación a estas
acciones aberrantes, como engañosamente se quiere presentar mediante los
discursos enmarcados en la critica y las campañas Mediáticas de rechazo a
la Alienación Parental
y estas Organizaciones y Profesionales, desde siempre, han exteriorizado su “repudio
a cualquier abuso y violencia”,
reclamando mayores controles que incidan en la protección real a los menores.
La actitud fanatizada esta presente tanto para las acciones individuales
ó colectivas, en rechazo al concepto de
la Alienación Parental
y la negación al respeto a “los
Derechos del niño a contar con ambos progenitores”.
El objetar cualquier acción que procure aclarar el ocultamiento y
Secuestro Parental de los hijos y
la Alienación Parental
, la presión a los Legisladores para evitar que legislen Leyes protectoras de
los hijos y sus relaciones Filiales, la presión a Funcionarios, el abuso de lo
mediático, se impone como medio de limitación Parental Social.
La intolerancia colérica como metodología de
rechazo a la existencia de
la Alienación Parental
y los lazos Filiales, la costumbre regresiva de culpar siempre a los demás y
de ver conspiraciones en todas partes , los ponen en una predisposición
errada a convertir una problemática social de conflicto familiar, en búsqueda
de alcanzar la sensación social que hay una guerra, donde “ó se
esta en contra de... o a favor de..... y según la ubicación, el elogio ó la
descalificación”.
Es entendible que quien a tenido alguna
experiencia negativa personal, asuma una posición extrema de negación Filial,
pero es inaceptable las conductas violentas y discriminatorias, para expresar un
rechazo desde una visión personal o supuestamente masiva, pues el sufrimiento
puede dar justificación, no aceptación, a
víctimas para sus intransigencias, pero no da derecho a restringir el derecho
de los otros y la desobediencia a
la Ley.
Cuando el SAP entra en contacto
con el sistema legal se convierte en un Síndrome Jurídico Familiar , en
el que los abogados, jueces, peritos y otros profesionales vinculados adquieren
responsabilidad en su continuidad. La negativa de los hijos adquiere auténtica
trascendencia cuando se expresa en un juzgado, ya que se desencadenan entonces
acusaciones, búsquedas de explicaciones y acciones encaminadas a resolver el
problema que hace que la instancia judicial se convierta en parte para resolver
el mismo , de tal manera que debamos incluirla como un elemento de vital
importancia de los componentes del Síndrome. El sistema judicial, con la
intervención de los letrados, por el privilegiado lugar que ocupan tanto para
mantener como agravar el SAP podría incluirse dentro del maltrato institucional.
Lic. Mª A. Sepúlveda
García de
la Torre- Especialista
en Medicina Legal y Forense. Experta en Mediación y Orientación Familiar.
Supervisora del Programa Punto de Encuentro Familiar de Sevilla, España.
El Síndrome de Alienación Parental, para muchos autores es
una “patología Jurídica”, de verificación permanente por parte de
los Juzgados, en donde en el litigio es eje presente y en donde el componente
psicológico subsiste enmascarado, ante la actitud extremadamente litigiosa
y “compulsiva a la obstrucción”
por parte del inculcador malicioso, acompañado de abundancias de
Denuncias , tendientes a alcanzar la eliminación del Derecho de visitas.
Una labor jurídica y psicológica de investigación, sobre todo lo que
rodea a la historia de las familias sumidas en el conflicto, se torna
indispensable.
“La intervención
psicoterapéutica siempre se debe hacer dentro del cuadro de un procedimiento
legal y debe poder contar con el sostén del ambiente judicial” Dr.
Lamontagne, Hubert Van Gijseghem - Psicologo
Los psicólogos , no suelen
recibir a los niños, requiriendo sus servicios por estar Alienados, salvo que
fueran en derivación de los Juzgados, motivo por el cual, son escasos los
Profesionales de
la Salud Mental
, que han obtenido experiencia en el trabajo Terapéutico de esta patología,
sin la decisión previa de investigar al respecto ó la orden Judicial
respectiva.
El SAP existe, lo llamemos como lo llamemos. Existe
literatura científica desde 1949 sobre ello, y que se discuta sobre si la
denominación del SAP es o no una construcción psicológica, aunque si su base
científica, sino que es una construcción jurisprudencial es incuestionable. En
aquellos países en los que, por su cultura del divorcio mucho mas arraigada en
sus sociedades, se ha comprobado su existencia y se ha reconocido como fenómeno
que da lugar a consecuencias jurídicas tan claras como el cambio automático de
custodia del menor alienado, ya que el progenitor alienador no favorece el
normal desarrollo del menor alienado, la existencia del SAP no se pone en duda. (Dr. José Luis Sariego Morillo- Abogado y Mediador
Familiar -España)
Las directivas del Progenitor
alienador, a impulsar a mentir a los hijos ó a que rechacen al otro progenitor,
se efectúa en forma reiterada y similar en la generalidad de los casos de
obstrucción vincular, independientemente del nivel cultural y socio - económico
y en todos los países, sin haberse verificado en estas personas ningún
contacto entre si, lo que se muestra sugerente e interesante para evaluarlo como
algo mas allá de la voluntad individual y personal de una persona de obstruir
el vinculo con los hijos, mediante una manipulación.
En la transferencia a los hijos de sus pensamientos y opiniones negativas
hacia el otro Progenitor, produce una siembra en donde al paso del tiempo,
recuerdos y recriminaciones , parecieran propios de los niños, y el alienador
percibirlo como una vivencia ajena a su persona y vivida por sus hijos,
merecedores de ser escuchados y protegidos, al escuchar en la voz de los hijos ,
las palabras que concuerden con sus deseos, y a partir de allí sentirá la
necesidad de apoyarlos , siendo que lo que avala, son sus propios sentimientos
en relación al otro.
Determinar la presencia de
la Alienación Parental
, o su no existencia, corresponde a las autoridades Judiciales, tras una tarea
objetiva y de estudio de la historia del núcleo Familiar y sus antecedentes.
Es importante, antes de diagnosticar esto, estar
seguro que el progenitor alienado no merezca de ninguna manera ser rechazado y
odiado por comportamientos realmente despreciables Dr.
Lamontagne,
Hubert Van Gijseghem - Psicologo
Este fenómeno es descrito en la diversidad de países, aún antes que se
difundiera bajo el concepto de Alienación Parental y aún antes que Internet se
mostrara como un medio de rápida consulta y divulgación. La actitud Alienadora
Social tendiente al rechazo al SAP, también se asumió en los diversos países
en forma independiente, en donde encendió el sentido de pertenencia, para
proceder a un rechazo mancomunado, potenciado a través del uso mediático
malicioso de la información, para
inducir y tergiversar.
“El Síndrome de Alienación Parental hace que el niño “tenga un
discurso armado, con un objetivo claro que es perjudicar la figura del padre, se
escucha cosas que tienen que ver hechos sobredimensionados, cosas que no podría
decir nunca un niño a esa edad” ( Lic. Hugo Ortiz -
presidente del Colegio de Psicólogos de Santiago del Estero -Argentina)
Unos niños suelen hacer
dos mundos separados, no comentando nada de lo que ocurre en casa de uno de sus
padres en la casa del otro. De este modo dice a cada uno lo que quiere oír.
Otros niños aprovechan temporalmente la falta de comunicación para sacar
partido de la situación; pero, tanto unos como otros, tarde o temprano se ven
forzados a tomar partido por el bando más agresivo. Lic. José Manuel
Aguilar Cuenca – Psicólogo Forense - España
Expresan que no
existe bibliografía sobre el Síndrome de Alienación Parental , a pesar que
hay muchos y reconocidos libros al respecto, de diversos autores, Ejemplo:
Niños Adultos del Síndrome de Alineación parental –
Rompiendo los Lazos que atan (Dr.
Amy J.L. Baker),Hijos alineados y padres alienados . Mediación
familiar en rupturas conflictiva ), Síndrome de
Alineación Parental (Edt. Equilibrio – Brasil), Hijos manipulados tras la
separación – Como detectar y tratar la alineación Parental (Luengo –
Coca), Síndrome de Alineación Parental: Una forma de maltrato (Asunción
Tejedor Huerta), Una mente secuestrada ( Pamela Richardson), Divorcio
Bajas: Protección de sus niños de alienación Parental
(Douglas Darnall), Síndrome de Alineación Parental
(SAP) Proceso de obstrucción del vinculo entre los hijos y uno de los
Progenitores (Pedrosa – Bouza), Los niños tomados como rehenes
(Stanley S. Clawar)´ Trampa – La historia de un padre que no renunciara a
su hijos – Síndrome de Alineación Parental (Ronald E. Smith), Divorcios
veneno: la protección de Padre e hijos – Bond vengativo de un ex (Richard
Warshak), Síndrome de Alineación Parental – en el tribunal se refirio
casos de custodia (Burill Janelle), Medea complejo Quand
une mère prive le père de ses enfants
Cuando se priva a un padre al padre de sus hijos Alain
Depaulis (Alain
Depaulis) , "El secuestro de mi hija" (Dr. Sergio
Zamora Delgado), PAS - de
Alienación Parental Síndrome de Down, o la enajenación de un niño por un
padre tras la separación o el divorcio ( Katja
Krenicky), No quiero escoger: Escuela Infantil ¿Cómo puedes evitar la
elección de uno tus padres sobre el otro?”
( Katherine Andre, Ph.D. y Amy JL Baker, Ph.D)
La sindrome da alienazione
parentale. Lavaggio del cervello e programmazione dei figli in danno dell'altro
genitore (Gullotta
Guglielmo, Cavedon
Adele, Liberatore
Moira), Separazioni distruttive tra conflittualita ´ e al (Parrini
Antonella) “Conflictos matrimoniales, divorcio y desarrollo de los
hijos” (José Cantón
Duarte, Mª Rosario Cortés Arboleda y Mª Dolores Justicia Díaz), Los Hijos
del divorcio – (Clara Bow y Esther Ralston), Kinder
verstehen – (Dr.
Herbert Renz – Polster) , A Comprehensive Guide to Child Custody Evaluations: Mental Health
and Legal Perspectives
(Joanna Bunker Roherbaugh) , Los hijos del Divorcio (Clara Bow –
Esther Ralston) , Los
hijos del divorcio: psicología del niño y separación parental
(Poussin, Gerard y Martín Elizabeth), Parental Alienation, DSM-V and ICD-11 ( William Bernet) ,“Con el Alma
Rota. La
pérdida de mis hijas. El Síndrome de Alienación Parental” De Juan Carlos Martín Colea. Síndrome de
Alineación Parental – 80 Preguntas y respuestas (Arantxa Coca y Domènec
Luengo),.
Etc,
Etc.
Quienes definen la
existencia de
la Alienación Parental
lo hacen desde la experiencia de trabajo, en contacto permanente y abundante
con estos casos. El concepto de
la Alienación Parental
no surge de una Teoría subjetiva, sino de abundancia de casos y su observación,
que dieron lugar a un concepto.La forma de expresarse por parte de quienes
rechazan agresivamente al Síndrome de Alienación Parental, suele ser con un
marcado desconocimiento y negación de la problemática de obstrucción de
vinculo y el uso de exageraciones , tergiversaciones, que se antepone con la búsqueda
de mesura y respeto de quienes exponen la descripción de
la Alienación Parental
y la obstrucción del vinculo con los hijos, como un fenómeno que debe recibir
la superior atención para no dañar a los hijos y preservar los vínculos,
aportando la exhibición de los casos y el acompañamiento de los antecedentes.
Algo trascendente es que al
rechazar el concepto de Alienación Parental, obvian o desestiman, la
existencia de la obstrucción de vinculo con los hijos y las desobediencias al
cumplimiento de los Regímenes de visitas, bastamente reconocido a nivel
Judicial, dejando de lado el auxilio a los niños y adolescentes atrapados en
esta violencia..
En
la Alienación Parental
individual el objetivo es apoderarse de los hijos, desacreditando, en búsqueda
de la supresión de la figura del otro progenitor. En
la Alienación Parental
Social, se busca adueñarse de la opinión Publica, Académica y Judicial, y al
igual que en lo individual, que se adueñan de los hijos, desacreditando y
eliminando cualquiera opción de opinión contraria, que se vierta al respecto.
Si se abandona la agitación y
se termina con la intimidación a quienes piensan diferente, se podrían hallar
respuestas inteligentes a los desafíos de enfrentar la cada vez mayor cantidad
de separaciones conflictivas de Progenitores con Hijos menores y corregir los
errores que seguramente se han cometido y cometen.
En
la Alienación Parental
individual todos los medios son usados en búsqueda de su objetivo, en
la Alienación Parental
en lo Social, también.
Autor: José María Bouza
Co - autor del Libro - (SAP) SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL
Proceso de obstrucción del vínculo
entre los hijos y uno de sus progenitores
– Fundador y Presidente de APADESHI – Asociación de Padres Alejados de sus
hijos - Argentina
APADESHI
www.apadeshi.com